Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 150

Fecha del Boletín 
27-06-2011

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110627-64

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 55

EDICTO

64
Procedimiento ordinario 670 de 2009

Que en este Juzgado se sigue juicio procedimiento ordinario número 670 de 2009, se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

Sentencia

En Madrid, a 31 de mayo de 2011.—Habiendo visto la ilustrísima magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 55 de Madrid, doña María del Mar Cabrejas Guijarro, los presentes autos de juicio verbal seguidos con el número 670 de 2009 a instancias de la procuradora doña Ana Barrallat, en nombre y representación de “Madrid Leasing Corporación EFC, Sociedad Anónima”, contra doña Rocío Jacome Toscano y don Yorge Rodrigo Asanza dicta la presente a partir de los siguientes:

Fallo

Que, estimando la demanda formulada por la procuradora doña Ana Barrallat, en nombre y representación de “Madrid Leasing Corporación EFC, Sociedad Anónima”, contra doña Rocío Jacome Toscano y don Yorge Rodrigo Asanza, debo declarar y declaro resuelto los contratos de arrendamiento financiero existentes entre las partes de fecha 2 de noviembre de 2006 y 19 de julio de 2007, condenando a la demandada doña Rocío Jacome Toscano a la devolución de los vehículos arrendados marca “DAF”, modelo FAD CF85430, matrícula 7561-FHL, y “Mercedes-Benz”, modelo 4141K, matrícula 3281-FVB, así como al pago a la actora de la suma consistente en multiplicar los importes de la última cuota vencida en cada uno de los contratos (2.126,13 euros y 2.104,77 euros) a cada mes o fracción de mes que transcurra entre la fecha de la presente resolución y la devolución de los bienes; a su vez, debo condenar y condeno a los demandados a que paguen conjunta y solidariamente la suma de 38.860,12 euros; todo ello condenando a la parte demandada al pago de las costas causadas.

Líbrese y únase certificación de esta resolución a las actuaciones, incluyéndose la original al libro de sentencias.

Así, por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.—Firmado y rubricado.

En virtud de lo acordado en los autos de referencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, por el presente se notifica a doña Teresa del Rocío Jacome Toscano y don Yorge Rodrigo Asanza Salazar a fin de que haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de apelación en el plazo de cinco días a partir del día siguiente a su notificación.

En Madrid, a 31 de mayo de 2011.—El secretario judicial (firmado).

(02/5.605/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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