Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 148

Fecha del Boletín 
24-06-2011

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110624-226

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 32

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

226
Demanda 1.324 de 2010

Don David Atienza Marcos, secretario judicial del Juzgado de lo social número 32 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.324 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Javier Carrasco de Mena y don Juan José Rodríguez Curiel, contra la empresa “Soluciones Frigopán, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Sentencia número 212

En Madrid, a 15 de marzo de 2011.—Doña María Majarón de Tena, magistrada-juez sustituta del Juzgado de lo social número 32 de Madrid, tras haber visto los presentes autos, sobre despido, entre partes: de una, y como demandante, don Javier Carrasco de Mena y don Juan José Rodríguez Curiel, como demandantes, y “Soluciones Frigopán, Sociedad Limitada”, como demandada, con citación del Fondo de Garantía Salarial, en nombre del Rey ha dictado la siguiente sentencia:

Fallo

Que estimando la demanda promovida por don Javier Carrasco de Mena y don Juan José Rodríguez Curiel, frente a “Soluciones Frigopán, Sociedad Limitada”, siendo citado como parte interesada el Fondo de Garantía Salarial, declaro la improcedencia del despido de fecha 10 de septiembre de 2010, y condeno a la empresa demandada a optar, en el plazo de cinco días siguientes a la notificación de la presente sentencia, entre la readmisión de los demandantes o el abono de una indemnización por importe de 1.676,21 euros a don Javier Carrasco de Mena, y a don Juan José Rodríguez Curiel por importe de 4.677,36 euros, en ambos casos, le condeno al abono de los salarios de tramitación devengados desde la echa del despido hasta la de notificación de esta sentencia a razón de 42,63 euros diarios.

En el caso de que la demandada no efectúe opción expresa en los términos antedichos, se entenderá que opta por la readmisión.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Soluciones Frigopán, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 23 de mayo de 2011.—El secretario judicial (firmado).

(03/20.889/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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