Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 148

Fecha del Boletín 
24-06-2011

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110624-224

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 32

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

224
Demanda 1.124 de 2010

Don David Atienza Marcos, secretario judicial del Juzgado de lo social número 32 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.124 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don José Carpio Márquez, contra Instituto Nacional de la Seguridad Social, Tesorería General de la Seguridad Social, “Fraternidad Muprespa, Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales”, y “Faseven, Sociedad Limitada”, sobre Seguridad Social, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Sentencia número 67 de 2011

En Madrid, a 21 de febrero de 2011.—Doña María Luisa Gil Meana, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 32 de Madrid, tras haber visto los presentes autos sobre ordinario, entre partes: de una, y como demandante, don José Carpio Márquez, que comparece asistido de la letrada doña Alicia Vilares Morales, y de otra, como demandados, Instituto Nacional de la Seguridad y Tesorería General de la Seguridad Social, representados por la letrada doña Rosa María Alonso García, y “Fraternidad Muprespa, Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales”, representada por la letrada doña María Lidia López Herrero, en nombre del Rey ha dictado la siguiente sentencia:

Fallo

Que con estimación de la demanda presentada por don José Carpio Márquez, contra Instituto Nacional de la Seguridad Social, Tesorería General de la Seguridad Social, “Faseven, Sociedad Limitada”, “Mutua Fraternidad Muprespa”, y don Francisco José Benítez Benítez (administrador concursal), debo condenar y condeno a “Faseven, Sociedad Limitada”, como responsable principal, al abono al actor de 2.363,74 euros como prestación por incapacidad temporal por el período de 16 de diciembre de 2009 a 26 de febrero de 2010, y debo condenar y condeno a “Mutua Fraternidad Muprespa” al anticipo de la citada cantidad y, subsidiariamente, al Instituto Nacional de la Seguridad Social en caso de insolvencia de la misma, y debo condenar y condeno a don Francisco José Benítez Benítez (administrador concursal) a estar y pasar por el contenido de la presente sentencia.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Faseven, Sociedad Limitada”, en n ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 25 de mayo de 2011.—El secretario judicial (firmado).

(03/20.885/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110624-224