Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 147

Fecha del Boletín 
23-06-2011

Sección 1.4.140.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110623-11

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios

CONSEJERÍA DE EMPLEO, MUJER E INMIGRACIÓN

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RESOLUCIÓN de 26 de mayo de 2011, de la Dirección General de Trabajo, sobre registro, depósito y publicación del convenio colectivo de la empresa “Hotel Príncipe Pío, Sociedad Anónima” (código número 28002092011982).

Examinada el acta de revisión salarial del convenio colectivo de la empresa “Hotel Príncipe Pío, Sociedad Anónima”, suscrita por la comisión negociadora del mismo el día 21 de febrero de 2011; completada la documentación exigida en los artículos 6 y 7 del Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre Registro y Depósito de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.1.a) de dicho Real Decreto, en el artículo 90.2 y 3 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo; en el artículo 6.1.a) Decreto 150/2007, de 29 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Empleo y Mujer, y en el Decreto 15/2010, de 18 de marzo, por el que se fusionan la Consejería de Empleo y Mujer y la Consejería de Inmigración y Cooperación de la Comunidad de Madrid, esta Dirección General

RESUELVE

1.o Inscribir dicha revisión salarial del convenio colectivo en el Registro Especial de Convenios Colectivos de esta Dirección y proceder al correspondiente depósito en este Organismo.

2.o Disponer la publicación del presente Anexo, obligatoria y gratuita, en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 26 de mayo de 2011.—El Director General de Trabajo, PS (Orden 1154/2011, de 27 de abril), la Gerente del Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo, María del Mar Alarcón Castellanos.

ACTA DE LA REUNIÓN EXTRAORDINARIA DE LA COMISIÓN NEGOCIADORA DEL CONVENIO COLECTIVO DE LA EMPRESA “HOTEL PRÍNCIPE PÍO, SOCIEDAD ANÓNIMA”, DE MADRID PARA EL INCREMENTO SALARIAL 2010

Asistentes:

Por la parte empresarial

Don Gabriel García Alonso.

Por la parte social

Don Severino Castro Damián.

Don José Luis Fernández Jiménez.

Don Ismael Muñoz Sánchez, en calidad de Presidente.

En Madrid, siendo las diez horas del día 21 de febrero de 2011, en el domicilio de la empresa “Hotel Príncipe Pío, Sociedad Anónima”, sito en Madrid, Cuesta de San Vicente, número 14, se reúnen los señores que se detallan y que constituyen la comisión negociadora del convenio de la empresa “Hotel Príncipe Pío, Sociedad Anónima”, al objeto de discutir el siguiente orden del día:

Primero. Incremento salarial 2010

Abierto el acto, ambas partes acuerdan:

1. Se reconocen mutuamente legitimación y capacidad suficiente para negociar, tomar acuerdos y, en definitiva, firmar y suscribir el incremento de las tablas salariales para el año 2010.

2. Adjuntar a la presente acta las nuevas tablas salariales para el año 2010, una vez constatado que el IPC correspondiente al año 2009 es del 0,8 por 100. De acuerdo con el artículo 15 del convenio colectivo de “Hotel Príncipe Pío, Sociedad Anónima”, procede un incremento salarial para 2010 del 1,3 por 100 (0,8 por 100 + 0,50 puntos) sobre los conceptos económicos (salariales y extrasalariales) contenidos en las tablas de 2009.

3. Proceder al incremento salarial de 2010, con carácter retroactivo al 1 de enero de 2010, aplicando un 1,3 por 100 sobre los conceptos económicos (salariales y extrasalariales) contenidos en las tablas de 2009, y su validez será inmediata a partir de la firma del presente Acuerdo. Y así, las tablas del año 2010 quedan como a continuación se exponen en el Anexo I.

4. Ambas partes acuerdan dar cuenta de dicho acuerdo a la Dirección General de Trabajo y Empleo de Madrid a efectos de registro y de que le sea dada la pertinente publicidad por los adecuados cauces oficiales.

Y sin más asuntos que tratar, se levanta la sesión, firmando los asistentes en prueba de conformidad a los pertinentes efectos, a las once horas en el lugar y fecha indicados.

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(03/21.115/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.140.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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