Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 147

Fecha del Boletín 
23-06-2011

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110623-56

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ALCOBENDAS

URBANISMO

56
Plan Parcial Sector Escobares I, SUS S-2

La Junta de Gobierno, en su sesión ordinaria celebrada el 10 de mayo de 2011, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:

El concejal-delegado de Urbanismo y Vivienda, mediante decreto 9728/2010, de 23 de septiembre, resolvió admitir a trámite la propuesta de Plan Parcial del Sector “Escobares I”, SUS S-2, del vigente Plan General de 2009, promovido por la mercantil “Levitt-Bosch Aymerich, Sociedad Anónima”, como empresa urbanizadora, y junto a los propietarios del sector, con el simultáneo requerimiento para que por aquella sociedad se subsanase la documentación presentada, en una serie de aspectos técnicos que la propia resolución indicaba; subsanación para la que se concedía un plazo de seis meses, como paso previo para la aprobación inicial del citado planeamiento.

Pues bien, dentro del plazo indicado, “Levitt-Bosch Aymerich, Sociedad Anónima”, ha presentado un nuevo documento de Plan Parcial para el Sector “Escobares I”, incluyendo la documentación requerida en aquella resolución municipal y adaptando su contenido, además, a lo previsto en la disposición transitoria octava de la Ley 9/2010, de 23 de diciembre, de Medidas Fiscales de la Comunidad de Madrid, que modifica parcialmente la Ley 9/2001, del Suelo madrileña. En consecuencia, vistos los informes emitidos por los servicios técnicos del Área de Urbanismo y en ejercicio de la competencia atribuida por el artículo 127.1.d) de la Ley 7/1985, de Bases de Régimen Local, esta Junta de Gobierno Local acuerda:

Primero.—Admitir a trámite el nuevo documento de Plan Parcial del Sector “Escobares I”, SUS S-2, del vigente Plan General de 2009, presentado por la mercantil “Levitt-Bosch Aymerich, Sociedad Anónima”, una vez subsanada y mejorada la propuesta presentada en su día por dicha sociedad, y, en consecuencia, aprobar inicialmente el citado Plan Parcial en los términos del artículo 59.4 de la Ley 9/2001, del Suelo madrileña.

Con carácter previo a la aprobación definitiva de este Plan Parcial, deberán incorporarse a su normativa y planos de ordenación el contenido de su estudio de ordenación volumétrica en los términos del informe técnico emanado por aquellos servicios municipales.

Segundo.—Someter el expediente a información pública por plazo de un mes mediante anuncios a insertar en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en un diario de los de mayor circulación de la provincia, así como por los medios telemáticos referidos en el artículo 70 ter de la Ley 7/1985, de Bases, arriba citada; publicación a la que se une la notificación de esta resolución a la sociedad proponente del Plan Parcial, con traslado del informe técnico emitido y el requerimiento de los informes de los órganos y entidades públicas previstos legalmente como preceptivos, para su evacuación en el mismo plazo de información al público de este expediente.

Cuantas personas se consideren interesadas podrán examinar dicho expediente en las mañanas de los días hábiles durante el plazo de un mes desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en el Departamento de Urbanismo (segunda planta), como asimismo formular por escrito, que habrá de presentarse en el Registro General de la Corporación, cuantas alegaciones estimen pertinentes a sus derechos.

Alcobendas, a 24 de mayo de 2011.—El alcalde-presidente (artículo 194.2 de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, de Régimen General Electoral), Ignacio García de Vinuesa Gardoqui.

(02/5.490/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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