Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 146

Fecha del Boletín 
22-06-2011

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110622-129

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 16

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

129
Ejecución 211 de 2010

Doña Ana Correchel Calvo, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 16 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 211 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Isabel Méndez Beltre, contra la empresa “Faposla, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado resolución en fecha 24 de mayo de 2011, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Decreto

Secretaria judicial, doña Ana Correchel Calvo.—En Madrid, a 23 de mayo de 2011.

Parte dispositiva:

Acuerdo: Aprobar la liquidación de intereses y/o tasación de costas practicada por importe de 584,15 euros, a cuyo pago resulta condenada “Faposla, Sociedad Limitada”, en las presentes actuaciones.

Requiérase a la ejecutada para que en el improrrogable plazo de cinco días ingrese en la cuenta de este Juzgado número 2514, de la entidad “Banesto”, la cantidad de 584,15 euros en concepto de intereses y costas, con el apercibimiento que de no cumplir con lo requerido se procederá por la vía de apremio sin previo requerimiento.

Notifíquese la presente resolución a las partes y al Fondo de Garantía Salarial.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Faposla, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 23 de mayo de 2011.—La secretaria judicial (firmado).

(03/20.523/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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