Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 146

Fecha del Boletín 
22-06-2011

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110622-236

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE TOLEDO NÚMERO 1

EDICTO

236
Procedimiento ordinario 661 de 2010

Don Francisco Javier Sanz Rodero, secretario judicial del Juzgado de lo social número 1 de Toledo.

Hago saber: Que en el procedimiento ordinario número 661 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de Debner Pérez Salas contra don Ramiro Sánchez Torres y Fondo de Garantía Salarial, sobre ordinario, se ha dictado la resolución del siguiente tenor literal:

Parte dispositiva:

Acuerdo:

Admitir la demanda presentada.

Señalar para el día 14 de julio de 2011, a las trece y diecinueve horas, para la celebración del acto de conciliación ante el secretario judicial y a las trece y veinte horas para la celebración, en su caso, del acto de juicio.

Citar a las partes en legal forma, con la advertencia de que de no comparecer ni alegar justa causa que motive la suspensión del acto de conciliación o juicio podrá, el secretario judicial en el primer caso y el magistrado-juez en el segundo, tener a la parte actora por desistida de su demanda, y si se tratase de la parte demandada no impedirá la celebración de los actos de conciliación y juicio, continuando estos sin necesidad de declarar su rebeldía.

En cuanto a las pruebas se acepta la documental, sin que esto signifique la admisión de la prueba propuesta por la parte actora, ya que esta deberá proponerla y, en su caso, el magistrado-juez admitirla en el acto de juicio, artículo 87 de la Ley de Procedimiento Laboral.

Antes de la notificación de esta resolución, a las partes paso a dar cuenta a su señoría del señalamiento efectuado por el secretario judicial encargado de la agenda programada de señalamientos.

Y para que sirva de citación a don Ramiro Sánchez Torres se expide el presente y se advierte al destinatario de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

En Toledo, a 20 de mayo de 2011.—El secretario judicial (firmado).

(03/21.537/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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