Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 146

Fecha del Boletín 
22-06-2011

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110622-220

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 2

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

220
Demanda 151 de 2011

Doña María Isabel Cano Campaña, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 2 de Móstoles.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 151 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Ángel Bustos Marín, contra la empresa “Industrias de Alta Metalistería, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado sentencia, cuyo fallo es el siguiente:

Fallo

Que estimando la demanda interpuesta por don Ángel Bustos Marín, frente a la empresa “Industrias de Alta Metalistería, Sociedad Limitada”, en materia de despido, debo declarar y declaro improcedente el despido de que fue objeto el actor el día 31 de diciembre de 2010, declarando extinguida la relación laboral existente entre las partes con efectos de esta misma fecha, condenando a la empresa demandada a abonar al demandante una indemnización en cuantía de 3.285 euros (salvo error u omisión), así como los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido (31 de diciembre de 2010) hasta el 9 de enero de 2011, a razón de 58,4 euros/día.

Todo ello, sin perjuicio de la responsabilidad que, en su caso, corresponda al Fondo de Garantía Salarial, de conformidad con el artículo 33 del Estatuto de los Trabajadores.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Industrias de Alta Metalistería, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Móstoles, a 23 de mayo de 2011.—La secretaria judicial (firmado).

(03/20.537/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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