Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 145

Fecha del Boletín 
21-06-2011

Sección 1.4.90.29: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110621-44

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios

CONSEJERÍA DE SANIDAD

ORGANISMO AUTÓNOMO AGENCIA ANTIDROGA DE LA COMUNIDAD DE MADRID

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NOTIFICACIÓN de 6 de junio de 2011, por la que se procede a la publicación de archivo de expediente administrativo sancionador, en materia de aplicación de la Ley 28/2005, de 26 de diciembre, de Medidas Sanitarias frente al Tabaquismo y reguladora de la Venta, el Suministro, el Consumo y la Publicidad de los Productos del Tabaco, que se relacionan en Anexo adjunto.

Por medio de la presente notificación se pone en conocimiento de las personas a continuación reseñadas, en relación a los procedimientos de referencia, que por parte del Organismo Autónomo Agencia Antidroga de la Comunidad de Madrid se sigue expediente en el que se ha dictado el trámite que en este acto se notifica.

Requerido y último domicilio. — Expediente. — Objeto del requerimiento

Cherrid Meriem Samia, “Bar Constantine”; San Gregorio, 26, 28260 Galapagar (Madrid). — AV/11/0000050. — Archivo procedimiento sancionador.

José Simón Martínez; Aniceto Gaitán, 30, planta cuarta, 28607 El Álamo (Madrid). — AV/11/0000063. — Archivo procedimiento sancionador.

Vista la sentencia de fecha 6 de abril de 2011, dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, en la que se declara la nulidad de pleno derecho del Decreto 93/2006, de 2 de noviembre, del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, de desarrollo y ejecución de la Ley 28/2005, de 26 de diciembre, de Medidas Sanitarias frente al Tabaquismo y reguladora de la Venta, el Suministro, el Consumo y la Publicidad de los Productos del Tabaco en la Comunidad de Madrid, y conforme a lo dispuesto en el artículo 73 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, procede decretar el archivo de las actuaciones correspondientes a los expedientes sancionadores números AV/11/0000050 y AV/11/0000063, al no haberse llegado a dictar Resolución que haya adquirido firmeza antes de que la anulación del citado Decreto alcance efectos generales.

El archivo de las actuaciones no implica la prescripción de la infracción, si bien esta no ha quedado interrumpida al carecer de eficacia el procedimiento iniciado conforme al motivo anteriormente expuesto. En cualquier caso, la determinación de la prescripción y el posible inicio de un nuevo procedimiento sancionador deberán ajustarse a los plazos que al respecto establece el artículo 18.3 de la Ley 28/2005, de 26 de diciembre, de Medidas Sanitarias frente al Tabaquismo y reguladora de la Venta, el Suministro, el Consumo y la Publicidad de los Productos del Tabaco.

La presente Resolución pone fin a la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse con carácter potestativo, recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante el mismo órgano que la ha dictado, o bien, directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, ambos plazos contados a partir del día siguiente a la recepción de la notificación de la misma, sin perjuicio de cualquier otro recurso que se estime procedente interponer. Todo ello conforme a lo dispuesto en los artículos 13.4, 116 y 117, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Lo que se comunica a interesado indicado, a efectos de lo previsto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (“Boletín Oficial del Estado” de 27 de noviembre de 1992), según la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, que la modifica (“Boletín Oficial del Estado” de 14 de enero de 1999), en concordancia con lo dispuesto por el artículo 61 del mismo texto legal por considerar esta Agencia Antidroga que la publicación íntegra de la Resolución lesiona los derechos o intereses legítimos de dicho titular, teniendo a su disposición, el expediente de referencia dentro del citado plazo, en las oficinas del Organismo Autónomo Agencia Antidroga de la Comunidad de Madrid, sitas en calle Julián Camarillo, número 4b, tercera planta, de Madrid.

Madrid, a 6 de junio de 2011.—La Directora-Gerente de la Agencia Antidroga, Almudena Pérez Hernando.

(03/22.294/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.90.29: I. COMUNIDAD DE MADRID

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