Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 145

Fecha del Boletín 
21-06-2011

Sección 3.10.20S: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110621-76

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE SEVILLA LA NUEVA

RÉGIMEN ECONÓMICO

76
Modificación tasa actuaciones urbanísticas

Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario provisional del Ayuntamiento de Sevilla la Nueva, sobre imposición de la tasa por actuaciones urbanísticas, así como la ordenanza fiscal reguladora de la misma, quedando modificado el artículo 8 de la siguiente forma:

“Exenciones y reducciones y demás beneficios legalmente aplicables.

Artículo 8. No se admitirán otras exenciones de la tasa que las que estén previstas en normas con rango de Ley o en tratados o convenios internacionales, salvo las relativas a las obras consistentes en mero embellecimiento y tratamiento de fachadas en las zonas calificadas como casco antiguo de plaza de España”.

Contra el presente acuerdo, conforme al artículo 19 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se podrá interponer por los interesados recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

Sevilla la Nueva, a 30 de mayo de 2011.—El alcalde-presidente, Mario Utrilla Palombi.

(03/21.088/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20S: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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