Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 144

Fecha del Boletín 
20-06-2011

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110620-279

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE GUADALAJARA NÚMERO 2

EDICTO

279
Ejecución 145 de 2011-A

Doña Pilar Buelga Álvarez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 2 de Guadalajara.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución de títulos judiciales número 145 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don David Martínez Zamarreño, contra don Francisco José Nieves Anguis, se han dictado en el día de hoy auto y decreto, cuyas partes dispositivas son del tenor literal siguiente:

Auto

Magistrado-juez de lo social, ilustrísimo señor García de la Calle.—En Guadalajara, a 5 de mayo de 2011.

Parte dispositiva:

Dispongo: Despachar orden general de ejecución de la sentencia número 110 de 2009, dictada en fecha 4 de marzo de 2009 en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 652 de 2007, a favor de la parte ejecutante don David Martínez Zamarreño, frente a don Francisco José Nieves Anguis, parte ejecutada, por importe de 1.628,69 euros en concepto de principal, más otros 325,74 euros que se fijan provisionalmente en concepto de intereses que, en su caso, puedan devengarse durante la ejecución y las costas de esta, sin perjuicio de su posterior liquidación.

Decreto

Secretaria judicial, doña Pilar Buelga Álvarez.—En Guadalajara, a 5 de mayo de 2011.

Parte dispositiva:

En orden a dar efectividad a las medidas concretas solicitadas, acuerdo: Proceder al embargo de bienes, y no señalándose por el ejecutante bienes específicos y concretos como así exige la Ley para practicar el embargo, proceder a las medidas de localización y averiguación de los bienes del ejecutado que procedan conforme a lo previsto en los artículos 589 y 590 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Requerir a don Francisco Javier Nieves Anguis a fin de que en el plazo de tres días hábiles a contar desde la notificación de este decreto manifieste relacionadamente bienes y derechos suficientes para cubrir la cuantía de la ejecución, con expresión, en su caso, de las cargas y gravámenes, así como en el caso de inmuebles, si están ocupados, por qué personas y con qué título, bajo apercibimiento de que, en caso de no verificarlo, podrá ser sancionado, cuando menos, por desobediencia grave en caso de que no presente la relación de sus bienes, incluya en ella bienes que no sean suyos, excluya bienes propios susceptibles de embargo o no desvele las cargas y gravámenes que sobre ellos pesaren, y podrá imponérsele también multas coercitivas periódicas.

Librar los despachos pertinentes a fin de que se remita a este órgano relación de bienes y derechos susceptibles de embargos e inscritos a nombre de don Francisco Javier Nieves Anguis, despachos que se remitirán a las oficinas de colaboración correspondientes.

Consultar las aplicaciones informáticas del órgano judicial para la averiguación de bienes del ejecutado en la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, Dirección General de Tráfico y Tesorería General de la Seguridad Social.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a don Francisco Javier Nieves Anguis, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Guadalajara, a 5 de mayo de 2011.—La secretaria judicial (firmado).

(03/19.969/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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