Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 141

Fecha del Boletín 
16-06-2011

Sección 4.90.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110616-66

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MADRID NÚMERO 38

EDICTO

66
Juicio de faltas 124 de 2010

Don Gregorio Pérez Fernández-Mayoralas, secretario del Juzgado de instrucción número 38 de Madrid.

Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 124 de 2010 se ha dictado la presente sentencia, cuyo encabezamiento y parte dispositiva son del tenor literal siguiente:

Sentencia

En Madrid, a 8 de febrero de 2010.—Vistos por mí, Juan Antonio Sáenz de San Pedro y Alba, magistrado-juez del Juzgado de instrucción número 38 de Madrid, los presentes autos de juicio de faltas número 124 de 2010, en los que han sido partes el fiscal y, como implicados, don Gabriel Cau y doña Marian Cau, en calidad de denunciados, en virtud de las facultades que me han sido dadas por la Constitución y en nombre de Su Majestad el Rey, dicto la siguiente sentencia.

Fallo

Que debo condenar y condeno a don Gabriel Cau y doña Marian Cau, como autores de una falta de hurto en grado de tentativa, a la pena de un mes de multa, a cada uno de ellos, siendo la cuota diaria de 5 euros, con el apercibimiento de que si no satisfacen voluntariamente o por vía de apremio la multa impuesta quedará sujeto a una responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas.

Y al abono de las costas causadas en el presente procedimiento.

Se acuerda la devolución definitiva de los objetos incautados a su legítimo dueño, el establecimiento “El Corte Inglés”.

La presente resolución no es firme y contra la misma cabe interponer recurso de apelación en ambos efectos en este Juzgado, ante la Audiencia Provincial de Madrid en el plazo de cinco días desde su notificación.

Durante este período se hallarán las actuaciones en Secretaría a disposición de las partes. El recurso se formalizará y tramitará conforme a lo dispuesto en los artículos 795 y 796 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a don Gabriel Cau y doña Marian Cau, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente.

En Madrid, a 13 de mayo de 2011.—El secretario (firmado).

(03/19.484/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.90.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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