Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 141

Fecha del Boletín 
16-06-2011

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110616-90

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 5

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

90
Demanda 1.269 de 2010

Doña Paloma Zotes Alijas, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 5 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.269 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Tania Cristina Sánchez García, contra la empresa “Onda Expansiva Servicios de Marketing, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

Sentencia número 303 de 2011

En Madrid, a 19 de mayo de 2011.—Vistos por la ilustrísima señora doña Ángela Mostajo Veiga, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 5 de Madrid, los presentes autos sobre cantidad, siendo partes en los mismos: de una, como demandante, doña Tania Cristina Sánchez García, asistida por el letrado don Daniel Sánchez Bayón, y de otra, como demandada, “Onda Expansiva Servicios de Marketing, Sociedad Limitada”, que no comparece, y con citación del Fondo de Garantía Salarial, que no comparece.

Fallo

Que estimando la demanda interpuesta por doña Tania Cristina Sánchez García, contra “Onda Expansiva Servicios de Marketing, Sociedad Limitada”, y con citación del Fondo de Garantía Salarial, debo condenar y condeno a la empresa a que abone a la actora la suma de 9.791,67 euros, más un interés del 10 por 100 anual en concepto de mora.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Onda Expansiva Servicios de Marketing, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, advirtiéndose que las sucesivas notificaciones se realizarán en los estrados del Juzgado, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 19 de mayo de 2011.—La secretaria judicial (firmado).

(03/20.362/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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