Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 140

Fecha del Boletín 
15-06-2011

Sección 3.10.20M: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110615-93

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MÓSTOLES

URBANISMO

93
Plan Parcial SUS-P4

La Junta de Gobierno Local, en la sesión celebrada el día 3 de mayo de 2011, adoptó el siguiente acuerdo:

Primero.—Someter el Plan Parcial SUS-P4, de Suelo Urbanizable Sectorizado del Plan General de Móstoles, a información pública por plazo de un mes, debiéndose insertar anuncios en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, diario de amplia difusión y en el tablón de edictos municipal, para general conocimiento y a fin de que por cualquier persona pueda formularse las sugerencias u observaciones que se tengan por convenientes. En dicho trámite se tendrá en cuenta lo establecido en el artículo 59 de la Ley de Suelo de la Comunidad de Madrid, con el simultáneo requerimiento de los informes preceptivos.

Segundo.—Remitir al Canal de Isabel II, Confederación Hidrográfica del Tajo, Dirección General de Patrimonio Histórico de la Consejería de Cultura y Turismo de la Comunidad de Madrid, Dirección General de Carreteras de la Comunidad de Madrid, Área de Planificación y Gestión de Residuos de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio de la Comunidad de Madrid.

Se procede a la apertura del preceptivo trámite de información pública por plazo de treinta días contados a partir del siguiente a aquel en que aparezca inserto este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID para general conocimiento y a fin de que durante los cuales pueda examinarse por cualquier persona los documentos del avance y formularse las sugerencias u observaciones que se tengan por convenientes.

Móstoles, a 24 de mayo de 2011.—El concejal de Urbanismo en funciones, Alberto Rodríguez de Rivera Morón.

(02/5.060/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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