Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 140

Fecha del Boletín 
15-06-2011

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110615-232

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE CUENCA NÚMERO 1

EDICTO

232
Ejecución 254 de 2010

Doña Ángeles de las Heras López , secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Cuenca.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución de títulos judiciales número 254 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Javier Ojeda Alcocer, contra la empresa “Hernaiz Hermosilla Asociados, Sociedad Limitada”, sobre despido, se han dictado resoluciones de fecha 22 de noviembre de 2010 y diligencias de ordenación de fecha 4 de febrero de 2011, cuyos encabezamientos y partes dispositivas son del tenor literal siguiente:

Auto

Magistrado-juez de lo social, don Fernando Lisbona Laguna.—En Cuenca, a 22 de noviembre de 2010.

Parte dispositiva:

Dispongo: Despachar orden general de ejecución de títulos judiciales número 56 de 2011 a favor de la parte ejecutante don Javier Ojeda Alcocer, frente a “Hernaiz Hermosilla Asociados, Sociedad Limitada”, parte ejecutada, en forma solidaria, por importe de 3.416,60 euros en concepto de principal, más otros 546,65 euros que se fijan provisionalmente en concepto de intereses que, en su caso, puedan devengarse durante la ejecución, y las costas de esta, sin perjuicio de su posterior liquidación.

Contra este auto no cabe recurso alguno, sin perjuicio de que la parte ejecutada pueda oponerse al despacho de la ejecución en los términos previstos en el artículo 556 de la Ley de Enjuiciamiento Civil y en el plazo de diez días a contar desde el siguiente a la notificación del presente auto y del decreto que se dicte.

Así lo acuerda y firma su señoría. Doy fe.—La secretaria judicial (firmado).—El magistrado-juez de lo social (firmado y rubricado).

Decreto

Secretaria judicial, doña Ángeles de las Heras López.—En Cuenca, a 22 de noviembre de 2010.

Parte dispositiva:

Acuerdo: Acumular la presente ejecución a la número 170 de 2010, seguida en este Juzgado a instancias de don Juan Manuel García de la Rosa contra la misma ejecutada “Hernaiz Hermosilla y Asociados, Sociedad Limitada”, ascendiendo el principal de todas las ejecuciones acumuladas a un total de 7.216,60 euros de principal, más 1.495,05 euros para intereses y costas (salvo error u omisión). Afectándose los bienes embargados, en su caso, en las distintas ejecuciones acumuladas para responder de la totalidad de las mismas. Llévese testimonio de la presente resolución, así como de la sentencia dictada en estos autos y de los particulares necesarios a la ejecución a la que esta se acumula.

Notifíquese a las partes.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución en el plazo de cinco días hábiles siguientes a su notificación, debiendo ingresar en la cuenta-expediente abierta en “Banesto”, número 1619000030025410 el importe de 25 euros, sin cuyo ingreso se tendrá por no interpuesto, excepto los trabajadores, beneficiarios del régimen de Seguridad Social y quienes tengan reconocidos el beneficio de asistencia jurídica gratuita. En caso de desistir o ser desestimado el mismo, el depósito se perderá y será ingresado en el Tesoro Público, con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.—La secretaria judicial (firmado y rubricado).

Diligencia de ordenación de la secretaria judicial, doña Ángeles de las Heras López.—En Cuenca, a 4 de febrero de 2011.

El anterior escrito presentado, por el letrado señor Lacort Cabrera, en representación de “Hernaiz Hermosilla y Asociados, Sociedad Limitada”, que tuvo entrada en este Juzgado el 21 de enero de 2011, únase a los autos de sus razón, con traslado del mismo a la parte ejecutante y Fondo de Garantía Salarial para su conocimiento.

Se tiene por hechas las manifestaciones en el mismo contenidas, notificando a la empresa ejecutada las resoluciones dictadas en la presente ejecución en el domicilio que ha manifestado dicho letrado, sito en Madrid, calle Francisco Giralte, número 2.

Notifíquese a las partes.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de cinco días hábiles siguientes a su notificación con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.—La secretaria judicial (firmado y rubricado).

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia o cuando se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Hernaiz Hermosilla Asociados, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Cuenca, a 5 de mayo de 2011.—La secretaria judicial (firmado).

(03/19.457/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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