Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 140

Fecha del Boletín 
15-06-2011

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110615-139

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 3

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

139
Demanda 923 de 2010

Don Ismael Pérez Martínez, secretario judicial del Juzgado de lo social número 3 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 923 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Nerys Medina Mateo, contra la empresa “Restauración Madoca, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es la siguiente:

En nombre del Rey ha dictado la siguiente

Sentencia número 171 de 2011

En Madrid, a 4 de abril de 2011.—Su señoría ilustrísima, doña Mercedes Gómez Ferreras, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 3 de Madrid, tras haber visto los presentes autos sobre ordinario, seguidos a instancias de doña Nerys Medina Mateo, asistida de la letrada doña Eva María Nogueira Rojo, contra “Restauración Madoca, Sociedad Limitada”, que no comparece.

Fallo

Procede estimar la demanda planteada por doña Nerys Medina Mateo, contra la empresa “Restauración Madoca, Sociedad Limitada”, en reclamación de cantidad, y debo condenar a la empresa demandada “Restauración Madoca, Sociedad Limitada”, a que abone a la demandante la cantidad total de 726,07 euros, más el 10 por 100 de interés por mora.

Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiendo que contra ella no podrán interponer recurso de suplicación ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Restauración Madoca, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 17 de mayo de 2011.—El secretario judicial (firmado).

(03/19.508/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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