Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 137

Fecha del Boletín 
11-06-2011

Sección 1.4.50.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110611-4

Páginas: 3


I. COMUNIDAD DE MADRID

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CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA

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RESOLUCIÓN de 6 de mayo de 2011, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, sobre autorización administrativa de instalaciones eléctricas y aprobación del proyecto de instalación de la subestación Barrio del Jarama 45/15 kV, en el término municipal de Coslada, solicitada por “Unión Fenosa Distribución, Sociedad Anónima”.

2010P212

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero

Con fecha 11 de marzo de 2010 tiene entrada en esta Dirección General escrito de “Unión Fenosa Distribución, Sociedad Anónima”, en el que se solicita la autorización administrativa y la aprobación de proyecto de instalación de la subestación Barrio del Jarama 45/15 kV, del que se acompaña el correspondiente proyecto de ejecución, firmado por don David Vindel Cottereau, visado con el número 0039/10, de fecha 12 de enero de 2010, en el Colegio Nacional de Ingenieros de ICAI.

Segundo

Por parte de esta Dirección General se dio cumplimiento al trámite de información pública que figura en el Real Decreto 1955/2000 (“Boletín Oficial del Estado” de 27 de diciembre de 2000).

Tercero

Con fecha 15 de abril de 2011 se aporta Resolución SEA 9.487 emitida por la Dirección General de Evaluación Ambiental de la Comunidad de Madrid de 26 de enero de 2011, en la que se indica la no necesidad de someter el citado proyecto al procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental al que se refiere la Ley 2/2002, de 19 de junio, de Evaluación de Impacto Ambiental (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 1 de julio de 2002) y modificada por Ley 2/2004, de 31 de mayo, de Medidas Fiscales y Administrativas (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 1 de junio de 2004).

Cuarto

En la tramitación de este expediente se han observado las formalidades legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero

La competencia de esta Dirección General de Industria, Energía y Minas para resolver sobre la cuestión planteada viene determinada por el Real Decreto 1860/1984, de 18 de julio (“Boletín Oficial del Estado” de 19 de octubre de 1984); el Decreto 25/2009, de 18 de marzo (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 30 de marzo de 2009), en relación con la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico (“Boletín Oficial del Estado” de 28 de noviembre de 1997); el Real Decreto 1955/2000 (“Boletín Oficial del Estado” de 27 de diciembre de 2000), por el que se regulan las actividades de transporte, distribución y comercialización, suministro y procedimiento de autorización de instalaciones de energía eléctrica; el Decreto 131/1997, de 16 de octubre, por el que se fijan los requisitos que han de cumplir las actuaciones urbanísticas en relación con las infraestructuras eléctricas (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 27 de octubre de 1997); la Ley 2/2007, de 27 de marzo, por la que se regula la garantía del suministro eléctrico en la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 16 de abril de 2007); el Reglamento de Líneas Aéreas de Alta Tensión, aprobado por Decreto 3151/1968 (“Boletín Oficial del Estado” de 27 de diciembre de 1968), y el Reglamento de Líneas de Alta Tensión aprobado por Real Decreto 223/2008 (“Boletín Oficial del Estado” de 18 de marzo de 2008), así como el Reglamento sobre Centrales Eléctricas, Subestaciones y Centros de Transformación, Real Decreto 3275/1982 (“Boletín Oficial del Estado” de 1 de febrero de 1982), y sus instrucciones técnicas complementarias (“Boletín Oficial del Estado” de 1 de agosto de 1984).

Segundo

Del examen de la documentación que obra en el expediente se desprende que se ha seguido el procedimiento y cumplido los requisitos determinados en la normativa citada anteriormente en materia de instalaciones eléctricas.

Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación.

Esta Dirección General de Industria, Energía y Minas, en uso de las atribuciones legalmente establecidas,

RESUELVE

Primero

Autorizar a “Unión Fenosa Distribución, Sociedad Anónima”, la instalación de la subestación Barrio del Jarama (2010P212-USE218), en el término municipal de Coslada, con coordenadas UTM: X = 454871 e Y = 4474716, que consiste en:

Sistema de 45 kV:

Nuevo parque formado por celdas blindadas aisladas en gas hexafluoruro de azufre (SF6), en configuración de doble barra, alojadas en edificio en superficie:

— 2 posiciones de protección de línea.

— 2 posiciones de protección de transformador: TRAFO T-I, TRAFO T-II.

— 1 posición de medida de tensión de barras.

— 1 posición de acoplamiento transversal de barras (maniobra y remonte).

Transformación:

— 2 transformadores principales de 25 MVA de potencia y relación de transformación 45/15 kV.

— 2 transformadores SS.AA de 160 kVA de potencia y relación de transformación 15/0.42 kV: TRAFO, SS.AA T-I y TRAFO SS.AA. T-II.

Sistema de 15 kV:

Nuevo parque formado por celdas blindadas aisladas en gas hexafluoruro de azufre (SF6), en configuración de doble barra, alojadas en edificio en superficie:

— 18 posiciones de protección de línea.

— 2 posiciones de protección de transformador: TRAFO T-I, TRAFO T-II.

— 2 posiciones de medida de tensión de barras.

— 2 posiciones de protección de transformadores de servicios auxiliares.

— 2 posiciones de acoplamiento transversal de barras.

— 2 posiciones de acoplamiento longitudinal de barras (maniobra y remonte).

Protecciones:

Todas las posiciones anteriormente indicadas estarán protegidas mediante interruptores automáticos salvo las posiciones de medida, que no lo precisan.

Elementos auxiliares:

— Sistema de detección automática de incendios para el edificio: Extintores portátiles.

— Otros elementos:

l Baterías de 125 y 48 Vcc.

l Cuadro de servicios auxiliares.

l Elementos de protección, control y comunicaciones.

Segundo

Aprobar el proyecto de ejecución de las instalaciones citadas en el apartado anterior con arreglo a las siguientes condiciones:

1. Las obras se realizarán de acuerdo con el proyecto presentado, con las variaciones que en su caso se soliciten y autoricen, cumpliendo las prescripciones dispuestas en los Reglamentos vigentes.

2. Deberá cumplir las condiciones expresadas en la Resolución emitida por la Dirección General de Evaluación Ambiental de la Comunidad de Madrid de fecha 26 de enero de 2011 (SEA 9.487), y someter la instalación al procedimiento de evaluación ambiental de actividades, de competencia municipal.

3. El plazo de ejecución de la instalación será de un año, contado a partir de la fecha de la presente Resolución, al término del cual se presentará la solicitud de acta de puesta en servicio acompañada de un certificado final de obra suscrito por técnico facultativo competente.

Tercero

La presente autorización administrativa y aprobación de proyecto de ejecución se concede sin perjuicio de otras autorizaciones, licencias o concesiones que fuese necesario obtener de otros Organismos Oficiales competentes, así como de los propietarios de locales o terrenos.

Contra esta Resolución cabe interponer recurso de alzada en el plazo de un mes a partir de su notificación ante el excelentísimo señor Consejero de Economía y Hacienda de la Comunidad de Madrid, conforme determina el artículo 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (“Boletín Oficial del Estado” de 27 de noviembre de 1992), en su nueva redacción dada por la Ley 4/1999.

Madrid, a 6 de mayo de 2011.—El Director General de Industria, Energía y Minas, Carlos López Jimeno.

(02/4.686/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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