Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 136

Fecha del Boletín 
10-06-2011

Sección 3.10.20E: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110610-75

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ESTREMERA

RÉGIMEN ECONÓMICO

75
Presupuesto 2011

En cumplimiento de lo establecido en el artículo 169.1 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se hace público, para general conocimiento, que no habiéndose presentado reclamaciones al presupuesto de este Ayuntamiento de Estremera, aprobado inicialmente por el Pleno de este Ayuntamiento de Estremera, en sesión celebrada el 29 de marzo de 2011 (y habiéndose realizado exposición pública, mediante anuncio insertado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 96, de 25 de abril de 2011, y en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento de Estremera), el referido presupuesto se considera definitivamente aprobado. A los efectos previstos en el artículo 169.3 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se publica resumido por capítulos.

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Anexo de Personal, aprobado junto con el presupuesto general para 2011:

a) Plazas de funcionarios:

1. Con habilitación estatal:

— Secretario-interventor: una plaza. Grupo A1. Nivel de complemento de destino: 26.

b) Personal laboral:

— Un operario de servicios varios.

— Un ayudante de servicios varios.

— Tres educadores (Casa de los Niños).

— Personal laboral fijo:

l Auxiliar: nivel de titulación exigido, Graduado Escolar o equivalente.

l Administrativo: nivel de titulación exigido, Bachiller Superior o equivalente.

Contra la presente aprobación definitiva podrá interponerse recurso contencioso-administrativo, conforme determina el artículo 171 de la Ley del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.

Estremera, a 19 de mayo de 2011.—El alcalde, José Carlos Villalvilla López.

(03/19.516/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20E: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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