Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 136

Fecha del Boletín 
10-06-2011

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110610-123

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 49

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

123
Juicio verbal 61 de 2010

En el procedimiento de juicio verbal número 61 de 2010, sobre otras materias, se ha dictado resolución del tenor literal siguiente:

Sentencia número 104 de 2011

En Madrid, 12 de abril de 2011.—Doña Amelia Reíllo Álvarez, magistrada-juez de primera instancia del número 49 de los de Madrid, habiendo visto los autos seguidos en este Juzgado al número 61 de 2010, a instancias de don Gerardo de la Iglesia Pajares, contra don Pablo Javier Cortés Almeida, doña Elbia Condo Salán y Consorcio de Compensación de Seguros, sobre reclamación de cantidad.

Fallo

Que estimando la demanda presentada por la procuradora doña María de los Ángeles Barrios Izquierdo, en nombre y representación de don Gerardo de la Iglesia Pajares, y dirigida contra los demandados don Pablo Javier Cortés Almeida, doña Elbia Condo Salán y Consorcio de Compensación de Seguros, debo condenar y condeno a los demandados, conjunta y solidariamente, a don Pablo Javier Cortés Almeida, doña Elbia Condo Salán y Consorcio de Compensación de Seguros a que abonen a la parte actora la cantidad de 2.585,25 euros, más el interés legal conforme al artículo 20 de la Ley del Contrato de Seguro, frente a don Pablo Javier Cortés Almeida y doña Elbia Condo Salán, y costas del presente procedimiento conjunta y solidariamente.

Modo de impugnación: mediante recurso de apelación ante la Audiencia Provincial (artículo 455 de la Ley de Enjuiciamiento Civil).

Y como consecuencia del ignorado paradero de doña Rosa Elbia Condo Galán y don Pablo Javier Cortés Almeida, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

En Madrid, a 11 de mayo de 2011.—El secretario (firmado).

(02/4.983/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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