Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 135

Fecha del Boletín 
09-06-2011

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110609-161

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 21

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

161
Demanda 987 de 2010

Doña María Avilés Navarro, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 21 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 987 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Esther Águeda Blanco, doña Ana María Ramírez de Arellano Ruiz, doña María Isabel Navarro García, doña Carmen Molina Cañabate, doña Dolores Saget Hernández, doña Julia Hurtado Martín, doña Isabel Fraile Carretero, doña Alicia Cabañas Palacios, doña María Luz Rouco Laguela, doña Susana Cantero Blanco, don Antonio Sánchez García, doña Mirta Irene Flores Vásquez y doña María del Carmen de Vicente Nacarino Bravo, contra las empresas “Sanatorio del Valle, Sociedad Limitada”, Asociación Ferroviaria Médico Farmacéutica de Previsión Social, “Centro Traumatológico Madrileño, Sociedad Limitada”, y “Sanatorio NuestrA la señora del Valle”, sobre ordinario, se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

Sentencia número 217 de 2011

En Madrid, a 5 de mayo de 2011.—Don Juan José del Águila Torres, magistrado-juez del Juzgado de lo social número 21 de Madrid, tras haber visto los presentes autos sobre ordinario, entre partes: de una, y como demandantes, doña Esther Águeda Blanco, que comparece asistida de la letrada doña Margarita Iges Lebrancón; doña Ana María Ramírez de Arellano Ruiz, doña María Isabel Navarro García, doña Carmen Molina Cañabate, doña Dolores Saget Hernández, doña Julia Hurtado Martín, doña Isabel Fraile Carretero, doña Alicia Cabañas Palacios, doña María Luz Rouco Laguela y doña Susana Cantero Blanco, representadas por la letrada doña María Inmaculada Castro Quiles; don Antonio Sánchez García, representado por el letrado don Ernesto López Messeguer Esteban, y doña Mirta Irene Flores Vásquez, doña María del Carmen de Vicente Nacarino Bravo y doña Luisa Fernández Rodríguez, que comparecen representadas y asistidas por la letrada doña María Luz García Carrillo, y de otra, como demandados, “Sanatorio del Valle, Sociedad Limitada”, que no comparece; Asociación Ferroviaria Médico Farmacéutica de Previsión Social, comparecen la letrada doña Mónica Rodríguez Pérez y el representante de la asociación don Juan Luis de Torres Aspiuza; “Centro Traumatológico Madrileño, Sociedad Limitada”, que no comparece; “Sanatorio NuestrA la señora del Valle”, que no comparece, y Fondo de Garantía Salarial, que no comparece, ha dictado la siguiente sentencia:

Fallo

Que debía desestimar la excepción de falta de legitimación pasiva necesaria formulada por la defensa de la Asociación Ferroviaria Médico Farmacéutica de Previsión Social, en demandas acumuladas presentadas por doña Esther Águeda Blanco y doce trabajadoras más, en concepto de reclamación de cantidad, contra dicha empresa y contra “Sanatorio del Valle, Sociedad Limitada”, “Sanatorio NuestrA la señora del Valle” y “Centro Traumatológico Madrileño, Sociedad Limitada”, estimando íntegramente las mismas, condenando solidariamente a todas los codemandados al pago de las cantidades reclamadas de principal y recargo por mora en las cuantías que a continuación se indican:

A la señora Águeda Blanco: 6.142,05 euros y 614,20 euros.

A la señora Ramírez de Arellano Ruiz: 8.550,16 euros y 855,01 euros.

A la señora Navarro García: 8.730,48 euros y 873,04 euros.

A la señora Molina Cañabate: 8.746,84 euros y 874,68 euros.

A la señora Saget Hernández: 5.741,52 euros y 574,15 euros.

A la señora Hurtado Martín: 7.436,18 euros y 743,61 euros.

A la señora Fraile Carretero: 6.433,62 euros y 643,61 euros.

A la señora Cabañas Palacios: 5.462,22 euros y 546,22 euros.

A la señora Rouco Laguela: 5.767,68 euros y 576,76 euros.

Y para que les sirva de notificación en legal forma a doña Esther Águeda Blanco, “Sanatorio del Valle, Sociedad Limitada”, Asociación Ferroviaria Médico Farmacéutica de Previsión Social y “Centro Traumatológico Madrileño, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 13 de mayo de 2011.—La secretaria judicial (firmado).

(03/18.443/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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