Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 135

Fecha del Boletín 
09-06-2011

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110609-103

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 12

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

103
Demanda 265 de 2010

Doña Montserrat Torrente Muñoz, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 12 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 265 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don José Antonio Macho Cardenal y doña Manuela Alarcón Alarcón, contra la empresa “Sercal, Sociedad Anónima”, y Fondo de Garantía Salarial, sobre ordinario, se ha dictado auto de aclaración, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Aclarar el auto de fecha 29 de abril de 2011 en relación con el trabajador don José Antonio Macho Cardenal quedando de la siguiente forma.

Dicho trabajador ha dejado de percibir las siguientes cantidades:

Salario de octubre de 2009: 2.826,47 euros.

Salario de noviembre de 2009: 2.826,47 euros.

Salario de diciembre de 2009: 2.826,47 euros.

Extra Navidad de 2009: 2.576,87 euros.

Salario de enero de 2010: 2.826,47 euros.

Salario de febrero de 2010: 2.826,47 euros.

Salario de marzo de 2010: 2.826,47 euros.

Salario de abril de 2010: 2.826,47 euros.

Salario de mayo de 2010: 2.826,47 euros.

Salario de nueve días de junio de 2010: 817,80 euros.

Extra junio de 2010: 1.135,83 euros.

Total: 27.142,26 euros.

El fallo de la sentencia queda como sigue:

Estimo la demanda de los dos actores y declaro debidas las cantidades reclamadas con este procedimiento.

En consecuencia, condeno a la demandada “Sercal, Sociedad Anónima”, a estar y pasar por las anteriores declaraciones y a que abone a don José Antonio Macho Cardenal la cantidad de 27.142,26 euros de principal y a doña Manuela Alarcón Alarcón la cantidad de 31.509,71 euros de principal.

Asimismo, declaro la mora de la demandada y a las anteriores cantidades se les incrementará el 10 por 100 de interés anual.

Declaro, asimismo, la responsabilidad subsidiaria del Fondo de Garantía Salarial que responderá hasta el límite legal de la cantidad objeto de condena, no extendiéndose a dicho organismo la declaración de mora.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Sercal, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 12 de mayo de 2011.—La secretaria judicial (firmado).

(03/18.395/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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