Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 135

Fecha del Boletín 
09-06-2011

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110609-160

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 21

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

160
Demanda 77 de 2011

Doña María Avilés Navarro, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 21 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 77 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Ricardo Paricio Pichel, don Bakary Diawara, don Samba Sanghare y don Abderrahman Bouzalmad, contra la empresa “Demoliciones Industriales Mecánicas Madrid, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado sentencia, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Sentencia número 232 de 2011

En Madrid, a 9 de mayo de 2011.—Don Juan José del Águila Torres, magistrado-juez del Juzgado de lo social número 21 de Madrid, tras haber visto los presentes autos sobre despido, entre partes: de una, y como demandante, don Ricardo Paricio Pichel, que comparece asistido del letrado don Eduardo Franco Sallare; don Bakary Diawara, don Samba Sanghare y don Abderrahman Bouzalmad, que comparecen asistidos del letrado don Francisco de Paula Garde Pinar, y de otra, como demandados, “Demoliciones Industriales Mecánicas Madrid, Sociedad Limitada”, que no comparece, y Fondo de Garantía Salarial, que no comparece, ha dictado la siguiente sentencia:

Fallo

Que debía estimar las demandas interpuestas por don Ricardo Paricio Pichel y otros tres trabajadores más, en concepto de despido, contra la empresa “Demoliciones Industriales Mecánicas Madrid, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, declarando la improcedencia de los cuatro despidos y extinguiendo definitivamente la relación laboral existente entre las partes a la fecha de la presente, condenando a la empresa demandada al pago de las cantidades que a continuación se indican para cada uno de los cuatro:

A don Ricardo Paricio Pichel: 4.462,76 euros y 9.350,55 euros.

A don Bakary Diawara: 22.876,54 euros y 6.904,34 euros.

A don Samba Sanghare: 32.822,48 euros y 6.326,18 euros.

A don Abderrahmam Bozalmad: 22.133,40 euros y 5.822,48 euros.

La primera cantidad corresponde a la indemnización y la segunda a los salarios de tramitación, absolviendo al Fondo de Garantía Salarial, a quien deberán hacerse las advertencias de su posible responsabilidad en los supuestos legalmente previstos.

Y para que les sirva de notificación en legal forma a don Ricardo Paricio Pichel, don Bakary Diawara, don Samba Sanghare y “Demoliciones Industriales Mecánicas Madrid, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 12 de mayo de 2011.—La secretaria judicial (firmado).

(03/18.475/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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