Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 135

Fecha del Boletín 
09-06-2011

Sección 4.140.40: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110609-226

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 41

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

226
Demanda 114 de 2011

Don José Gayo Ydoate, secretario judicial del Juzgado de lo social número 41 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 114 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Francisco Javier Aranguren Garrido, contra la empresa “Masorribas Logística Madrid, Sociedad Anónima”, don Carlos Álvarez Fernández y Fondo de Garantía Salarial, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente sentencia:

Sentencia número 112 de 2011

En Madrid, a 11 de mayo de 2011.—Don José Manuel Yuste Moreno, magistrado-juez del Juzgado de lo social número 41 de Madrid, tras haber visto los presentes autos en materia de cantidad, seguidos a instancias de don Francisco Javier Aranguren Garrido, con documento nacional de identidad número 50533010-D, asistido de la letrada doña Flora Ugena Morena, contra la entidad “Masorribas Logística Madrid, Sociedad Anónima”, que no comparece, ha pronunciado en nombre del Rey la siguiente sentencia:

Fallo

Que estimando en parte como estimo la demanda formulada por don Francisco Javier Aranguren Garrido, contra la empresa “Masorribas Logística Madrid, Sociedad Anónima”, debo condenar y condeno a esta a que abone a aquel la cantidad de 7.898,05 euros, con el recargo del artículo 29.3 de le Ley del Estatuto de los Trabajadores.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Masorribas Logística Madrid, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 13 de mayo de 2011.—El secretario judicial (firmado).

(03/18.478/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.40: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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