Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 134

Fecha del Boletín 
08-06-2011

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110608-155

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 12

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

155
Ejecución 335 de 2010

Doña Montserrat Torrente Muñoz, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 12 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 335 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Frits Wibbelink y don Vicente Benimeli Ruiz, contra la empresa “Infoplús Technologies Spain, Sociedad Limitada Unipersonal”, sobre despido, se ha dictado el día 6 de mayo de 2011 resolución, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Parte dispositiva:

Acuerdo: Retener los saldos a favor de la ejecutada “Infoplús Technologies Spain, Sociedad Limitada Unipersonal”, en la entidad “Banco de Santander”, y ello en cuanto sea suficiente para cubrir la suma de las cantidades reclamadas, a saber: 25.525,80 euros de principal e intereses ordinarios, y 3.000 euros presupuestados para intereses y costas.

Librar los oficios necesarios en las entidades bancarias y/o de crédito donde se hará constar la orden de retención con los apercibimientos legales que para el caso de incumplimiento de esta orden pudiera incurrir el receptor de la misma, quien deberá expedir recibo acreditativo de la recepción de la orden y quien deberá hacer constar las cantidades que la ejecutada, en ese instante, dispusiere en tal entidad. Dicho acuse de recibo será devuelto y se remitirá directamente a este órgano judicial.

Y quedando pendiente de satisfacer en la presente ejecutoria la suma de 25.525,80 euros de principal y 3.000 euros de intereses y costas, sin que las actuaciones e indagaciones practicadas hayan resultado positivas en orden a la traba de bienes de la ejecutada, procédase a dictar insolvencia, y antes de ello, conforme lo previsto en el artículo 274.1 de la Ley de Procedimiento Laboral, a dar audiencia a las partes y al Fondo de Garantía Salarial para que en término de quince días insten lo que a su derecho convenga en orden a la continuación de la ejecutoria, designando en tal caso bienes concretos de la deudora sobre los que despachar ejecución.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Infoplús Technologies Spain, Sociedad Limitada Unipersonal”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 6 de mayo de 2011.—La secretaria judicial (firmado).

(03/18.262/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110608-155