Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 132

Fecha del Boletín 
06-06-2011

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110606-221

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE VITORIA NÚMERO 3

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

221
Autos 99 de 2011

Doña Cristina Arana Tamayo, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 3 de Vitoria.

Hago saber: Que en autos de lo social ordinario número 99 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguidos a instancias de don Ibán Prusilla Muñoz, contra Fondo de Garantía Salarial, “Fortis Bank, Sociedad Anónima”, don Manuel Huerta González, don Antonio Moreno Rodríguez y “Servicios Técnicos Avanzados y Mantenimiento, Sociedad Limitada”, sobre reclamación de cantidad, se ha dictado la siguiente resolución:

En Vitoria-Gasteiz (Álava), a 5 de mayo de 2011.—Vistos por la ilustrísima señora doña Patricia Teresa Rodríguez Arroyo, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 3 de Vitoria-Gasteiz (Álava), los presentes autos número 99 de 2011, seguidos a instancias, de la letrada doña Olga Ugarte, en nombre y representación de la central sindical ELA y de su afiliado don Ibán Prusilla Muñoz, contra la empresa “Servicios Técnicos Avanzados y Mantenimiento, Sociedad Limitada”, y contra la administración concursal de esa mercantil: don Manuel Huerta González, don Antonio Moreno Rodríguez y “Fortis Bank, Sociedad Anónima”; con intervención del Fondo de Garantía Salarial, en nombre del Rey ha dictado la siguiente sentencia número167 de 2011:

Fallo

Que estimando íntegramente la demanda formulada por doña Olga Ugarte, en nombre y representación de la central sindical ELA y de su afiliado don Ibán Prusilla Muñoz, contra la empresa “Servicios Técnicos Avanzados y Mantenimiento, Sociedad Limitada”, y contra la administración concursal de esa mercantil (don Manuel Huerta González, don Antonio Moreno Rodríguez y “Fortis Bank, Sociedad Anónima”), debo condenar y condeno a la demandada “Servicios Técnicos Avanzados y Mantenimiento, Sociedad Limitada”, a abonar a la parte actora la cantidad de 1.791,06 euros, más el 10 por 100 de interés por mora, condenando a las codemandadas a estar y pasar por esta declaración.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Servicios Técnicos Avanzados y Mantenimiento, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Vitoria-Gasteiz, a 5 de mayo de 2011.—La secretaria judicial (firmado).

(03/17.927/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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