Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 131

Fecha del Boletín 
04-06-2011

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110604-45

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 13

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

45
Demanda 1.454 de 2009

Doña María Isabel Tirado Gutiérrez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 13 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.454 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Hilario Arribas Fernández, contra la empresa “Azugrés, Sociedad Limitada”, Instituto Nacional de la Seguridad Social, Tesorería General de la Seguridad Social y “Fremap, Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social”, sobre Seguridad Social, se ha dictado la siguiente resolución:

Sentencia número 483 de 2010

En Madrid, a 29 de noviembre de 2010.—Don Ángel Juan Alonso Boggiero, magistrado-juez del Juzgado de lo social número 13 de Madrid, tras haber visto los presentes autos, sobre Seguridad Social, entre partes: de una, y como demandante, don Hilario Arribas Fernández, que comparece asistido del letrado don Julián González Márquez, y de otra, como demandados “Azugrés, Sociedad Limitada”, que no comparece; Instituto Nacional de la Seguridad Social y Tesorería General de la Seguridad Social que comparecen asistidos de la letrada doña Nieves García Denche, y “Fremap, Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social”, que comparece asistida del letrado don Diego Escolano Martínez, en nombre del Rey ha dictado la siguiente sentencia:

Fallo

Estimando la excepción de falta de litisconsorcio pasivo necesario alegada por el Instituto Nacional de la Seguridad Social y por “Mutua Fremap”, debo:

1.o Declarar la nulidad del juicio oral celebrado en fecha 16 de noviembre de 2010.

2.o Conceder a la parte actora un plazo de cuatro días para que amplíe su demanda contra el Servicio Público de Empleo Estatal.

3.o Una vez ampliada la demanda, proceder a señalar nueva vista para la celebración del juicio oral.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Azugrés, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 6 de mayo de 2011.—La secretaria judicial (firmado).

(03/18.099/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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