Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 130

Fecha del Boletín 
03-06-2011

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110603-290

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE GUADALAJARA NÚMERO 1

EDICTO

290
Despido 217 de 2011

Doña María del Rosario de Andrés Herrero, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Guadalajara.

Hago saber: Que en el procedimiento despido/ceses en general 217 de 2011, de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Fernando Báez, contra don Santiago Díaz Gómez, Fondo de Garantía Salarial, sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Diligencia de ordenación de la secretaria judicial, doña María del Rosario de Andrés Herrero.—En Guadalajara, a 16 de mayo de 2011.

Habiendo resultado negativas las gestiones realizadas para conocer el domicilio o residencia actual de don Fernando Báez, don Santiago Díaz Gómez, de conformidad con lo establecido en los artículos 59 de la Ley de Procedimiento Laboral y 156.4 y 164, ambos de la Ley de Enjuiciamiento Civil, acuerdo:

Citar a don Fernando Báez, don Santiago Díaz Gómez, para el día 1 de julio de 2011, a las catorce horas, para el acto de conciliación y a las catorce y cinco horas para el juicio por medio de edictos mediante la publicación de un extracto suficiente de la resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con la advertencia de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia o cuando se trate de emplazamiento (artículo 59 de la Ley de Procedimiento Laboral), y asimismo citar al Fondo de Garantía Salarial, en legal forma.

Modo de impugnación: Mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de cinco días hábiles siguientes a su notificación con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.—La secretaria judicial (firmado).

Se advierte a la destinataria que las siguienes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

En Guadalajara, a 16 de mayo de 2011.—La secretaria judicial (firmado).

(03/18.759/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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