Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 129

Fecha del Boletín 
02-06-2011

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110602-71

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 49

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

71
Procedimiento ordinario 2.059 de 2009

En el procedimiento ordinario número 2.059 de 2009 se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:

Sentencia número 310 de 2010

En Madrid, a 16 de diciembre de 2010.—Vistos por mí, doña Amelia Reillo Álvarez, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 49 de Madrid, los autos correspondientes al juicio ordinario que fueron registrados bajo el número 2.059 de 2009, instando por “Gas Natural Servicios SDG, Sociedad Anónima”, representada por el procurador don Juan Carlos Gálvez Hermoso de Mendoza y asistida por el letrado don José Luis Esteben Villar, contra don Yusti José Suárez Briceño, y atendiendo al siguiente

Fallo

Estimo la demanda interpuesta por don Juan Carlos Gálvez Hermoso de Mendoza, en nombre y representación de “Gas Natural Servicios SDG, Sociedad Anónima”, contra don Yusti José Suárez Briceño, y en su virtud, debo declarar y declaro resuelto el contrato de suministros de gas existentes entre la parte actora y el demandado don Yusti José Suárez Briceño, suscrito mediante contrato número 15975052. Debo condenar y condeno al demandado don Yusti José Suárez Briceño a que abone a la parte actora la cantidad de 3.720,05 euros, más intereses legales y costas.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que la misma no es firme y que contra ella cabe recurso de apelación, en su caso, que se interpondrá ante este tribunal en el plazo de cinco días contados desde el día siguiente al de su notificación a las partes y se sustanciará ante la Audiencia Provincial de Madrid.

Conforme a lo establecido en la instrucción 8/2009, dictada al amparo de la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica del Poder Judicial, introducida por la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, se advierte a las partes la necesidad de constituir depósito conforme al punto 3 de la citada Ley Orgánica y con la advertencia del punto 7 de la misma.

Llévese el original de la presente resolución al libro de sentencias y autos definitivos de este Juzgado, dejando testimonio literal del mismo en las actuaciones.

Una vez que sea firme esta resolución y se haya ejecutado lo en ella acordado, procédase al archivo de las presentes actuaciones, previas las anotaciones correspondientes en los libros de este Juzgado.

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación

Leída y publicada fue la anterior sentencia por la magistrada-juez que la suscribe, estando celebrando audiencia pública en el mismo día de su fecha.—Doy fe en Madrid.

Y como consecuencia del ignorado paradero de don Yusti José Suárez Briceño, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

Madrid, a 26 de abril de 2011.—El secretario (firmado).

(02/4.272/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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