Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 129

Fecha del Boletín 
02-06-2011

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110602-68

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 10

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

68
Juicio verbal 2.265 de 2009

En el procedimiento de juicio verbal número 2.265 de 2009 se ha dictado la sentencia, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

Sentencia número 62 de 2011

En Madrid, a 17 de marzo de 2011.—Doña María Dolores Fernández Alcalde, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 10 de Madrid, habiendo visto los presentes autos de juicio verbal número 2.265 de 2009, seguidos ante este Juzgado, entre las siguientes partes: como demandante, “Gas Natural Servicios SDG, Sociedad Anónima”, con procurador don Juan Carlos Gálvez Hermoso de Mendoza y letrado don José Luis Esteban Villar, y como demandada, “Garaga Hosteleros, Sociedad Limitada”, en situación procesal de rebeldía, sobre reclamación de cantidad y condena a hacer y los siguientes:

Fallo

Estimando la demanda formulada por el procurador señor Gálvez Hermoso de Mendoza, en nombre y representación de “Gas Natural Servicios SDG, Sociedad Anónima”, frente a “Garaga Hosteleros, Sociedad Limitada”:

Primero.—Declaro resuelto el contrato de suministro de gas existente entre las partes, en virtud del cual la primera presta el suministro de gas en el inmueble sito en la calle Alejandro Saint Aubin, número 1, local número 1, con condena a la parte demandada a estar y pasar por esta declaración.

Segundo.—Condeno a la demandada “Garaga Hosteleros, Sociedad Anónima”, a permitir la entrada en el inmueble sito en la calle Alejandro Saint Aubin, número 1, local número 1, de Madrid, a fin de que se realicen las operaciones técnicas necesarias para la privación del suministro de gas (desmontar el contador de gas y clausurar la instalación receptora), bajo apercibimiento de que en otro caso se constituirá la comisión judicial en el mismo a tales efectos.

Tercero.—Condeno a la demandada “Garaga Hosteleros, Sociedad Limitada”, a que abone a la actora la cantidad de 786,68 euros, con los intereses legales desde la fecha del emplazamiento a juicio por diligencia de 19 de octubre de 2010 y hasta su completo pago.

Cuarto.—Condeno a la demandada a las costas del procedimiento.

Notifíquese la presente resolución a las partes, poniendo en su conocimiento que contra la misma cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial que se presentará mediante escrito en este Juzgado en el plazo de cinco días desde la notificación de esta resolución, previo depósito de 50 euros que deberá consignar en la cuenta de depósitos y consignaciones de este Juzgado número 2438 de “Banesto”, de conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, por la que se modifica la Ley Orgánica del Poder Judicial, y que deberá acreditar la parte recurrente mediante la presentación del resguardo, haciendo saber que no se admitirá ningún recurso cuyo depósito no esté constituido.

Así lo acuerda, manda y firma doña María Dolores Fernández Alcalde, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 10 de Madrid, de lo que doy fe.

Y como consecuencia del ignorado paradero de la demandada “Garaga Hosteleros, Sociedad Limitada”, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

Madrid, a 1 de abril de 2011.—El secretario judicial (firmado).

(02/4.271/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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