Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 129

Fecha del Boletín 
02-06-2011

Sección 3.10.20N: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110602-51

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE NAVAS DEL REY

RÉGIMEN ECONÓMICO

51
Notificaciones procedimiento sancionador

Habiendo intentado practicar, sin resultado positivo, notificaciones individuales, se hace público lo siguiente:

Para el anexo I:

Formulada denuncia por la Policía Local contra la persona que conducía el vehículo que figura en esta notificación, y del que aparece usted como responsable en los registros de vehículos de la Jefatura de Tráfico, y que no ha podido ser notificada en el acto por encontrarse ausente el conductor, se inicia el procedimiento sancionador por los hechos arriba indicados, comunicándole que podrá actuar del siguiente modo:

a) Conformidad con la denuncia. Puede beneficiarse de reducción del 50 por 100 del importe de la multa si en el plazo de veinte días naturales desde el recibo de esta notificación la hace efectiva de la forma indicada al final. El pago con reducción comporta la renuncia a formular alegaciones, la terminación del procedimiento sin necesidad de dictar resolución, la firmeza de la resolución desde el momento de la realización del pago y la imposibilidad de interponer recurso administrativo. No obstante, podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante los Juzgadosde dicho orden de Madrid en el plazo de dos meses desde la fecha de pago de la multa (artículo 8 de la Ley 29/1988, de 13 de julio).

b) Disconformidad con la denuncia. En el plazo de veinte días naturales, contados a partir del siguiente al de la recepción de esta notificación podrá formular escrito de alegaciones dirigido al Departamento de Sanciones del Ayuntamiento, plaza de España, número 1, 28695 Navas del Rey (Madrid), indicando el número de expediente que en ella consta y aportando, en su caso, las pruebas que considere necesarias para corroborar sus alegaciones.

c) En el supuesto de no efectuar alegaciones ni proceder al abono de la multa dentro del plazo indicado, la denuncia que es objeto de la presente notificación surtirá efecto de acto resolutorio del procedimiento sancionador, pudiendo ejecutarse este si transcurridos treinta días naturales desde la notificación de la denuncia no abona su importe. No obstante, podrá interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a contar desde la indicada fecha.

d) En el caso de no haber sido usted la persona responsable de la infracción, tiene la obligación legal de identificar de forma veraz a la persona que conducía el vehículo o, en su caso, a la arrendataria del mismo (artículo 9 bis de la LSV). Para ello deberá enviar al Departamento de Sanciones del Ayuntamiento, en el plazo de veinte días naturales, contados a partir del siguiente al recibo de esta notificación, la totalidad de los datos que permitan identificar al conductor responsable, que deberán incluir los referidos al número de su permiso o licencia de conducción. Si la persona identificada no figura en el Registro de Conductores de la Jefatura Central de Tráfico, deberá aportar, junto con la identificación, copia de la autorización administrativa que le habilite a conducir en España. Se advierte que la omisión o error de cualquiera de los datos requeridos, por ser todos imprescindibles para la inequívoca identificación del conductor identificado, motivará la exigencia de responsabilidad que, por incumplimiento, atribuye al responsable el artículo 65.5.I de la LSV, como autor de una falta muy grave, sancionada con multa del doble de la prevista, si la infracción que la motivó es leve, y del triple, si la misma es grave o muy grave (artículo 67 de la LSV), no obstante el órgano instructor podrá requerir la documentación complementaria que considere conveniente al respecto.

Caducidad del procedimiento. Si no se hubiera producido la resolución sancionadora, transcurrido un año, desde el inicio del procedimiento, se producirá su caducidad y se procederá al archivo de las actuaciones a solicitud de cualquier interesado o de oficio por el órgano competente para dictar resolución (artículo 92.3 LSV).

Para el anexo II:

El pago puede realizarse en el plazo de un mes. Transcurrido el mismo sin haberse efectuado se iniciará la vía de apremio. La retirada de puntos se realizará una vez firme la sanción.

Contra la resolución podrá interponerse recurso de reposión, ante la Alcaldía, en el plazo de un mes, previo al contencioso-administrativo, o directamente el contencioso en el plazo de dos meses o cualquier otro recurso que estime pertinente.

Relación de notificaciones

Número de orden. — Expediente. — Matrícula. — Titular. — Documento nacional de identidad o cédula de identificación fiscal. — Domicilio. — Fecha de la infracción. — Hora. — Lugar. — Precepto infringido. — Agente. — Incoación expediente en anexo I y resolución en anexo II. — Importe de la sanción. — Pérdida de puntos.

ANEXO 1

01. — 286950200. — 9225FLP. — J. G. G. — 70023320-G. — Villa del Prado. — 3 de octubre de 2010. — Una. — Colmenar del Arroyo, 28. — 94.2e) Real Decreto 1428/2003. — 28099004. — 11 de octubre de 2010. — 200 euros. — No.

02. — 286950231. — 0386CLN. — M. L. M. A. — 70.043.233. — Navas del Rey. — 7 de noviembre de 2010. — Veinte Y quince. — Placituela del Cuartel, 3. — 171 Real Decreto 1428/2003. — 28099005. — 10 de noviembre de 2010. — 80 euros. — No.

03. — 286950271. — 3356 FBP. — F. J. Z. R. — 50063526. — Madrid. — 26 de diciembre de 2010. — Tres cuarenta y ocho. — Colmenar del Arroyo, 28. — 94.2e) Real Decreto 1428/2003. — 28099002. — 28 de diciembre de 2010. — 200 euros. — No.

04. — 286950302. — M-3628-YL. — I. F. — X-2540341-Z. — San Martín de Valdeiglesias. — 6 de noviembre de 2010. — Siete cincuenta y cinco. — Álvaro de Luna, 10. — 91.1 Real Decreto 1428/2003. — 28099004. — 30 de noviembre de 2010. — 80 euros. — No.

05. — 286950303. — 5328CDN. — A. P. M. — Y-0991511-H. — Navas del Rey. — 14 de noviembre de 2010. — Once y treinta. — Mayor, 29. — 154 Real Decreto1428/2003. — 28099004. — 30 de noviembre de 2010. — 80 euros. — No.

06. — 286950307. — 6835FZK. — J. M. H. — 52091909. — Navas del Rey. — 14 de noviembre de 2010. — Doce y quince. — Virgen de la Soledad, 2. — 154 Real Decreto 1428/2003. — 28099001. — 19 de noviembre de 2010. — 80 euros. — No.

07. — 286950312. — 3322CYL. — Ideas Osyra, Sociedad Limitada. — B-82053687. — Madrid. — 5 de enero de 2011. — Dieciséis treinta y cuatro. — Infantería Española, 5. — 154 Real Decreto 1428/2003. — No consta. — 11 de noviembre de 2011. — 80 euros. — No.

08. — 286950355. — 7977FSD. — P. Z. O. — 1929730-F. — Madrid. — 27 de diciembre de 2010. — Once cuarenta y cuatro. — Calleja de las Viñas, 1. — 171 Real Decreto 1428/2003. — 28099001. — 28 de diciembre de 2010. — 80 euros. — No.

ANEXO II

01. — 286950183. — 7671FLV. — I. I. P. — 47521247-G. — Navas del Rey. — 10 de julio de 2010. — Cuatro y veinte. — Avenida de Madrid. — 94.2.e) Real Decreto 1428/2003. — 28099004/17 de marzo de 2011. — 200 euros. — 4 puntos.

02. — 286950195. — 3837DHT. — V. D. R. — 50437691-W. — Chapinería. — 15 de septiembre de 2010. — Diez y cincuenta. — Avenida de Madrid, 58. — 94.2.e) Real Decreto 1428/2003. — 28099004/17 de marzo de 2011. — 90 euros. — No.

Navas del Rey, a 13 de abril de 2011.—El alcalde, Jaime Peral Pedrero.

(02/3.987/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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