Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 129

Fecha del Boletín 
02-06-2011

Sección 3.10.40: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110602-66

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

ALICANTE

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Notificación proyecto reparcelación

El delegado de Urbanismo, el día 19 de noviembre de 2010, ha dictado la siguiente resolución:

Decreto.—Sobre la información pública del Proyecto de Reparcelación Forzosa del Sector PE/APA 9, “Vistahermosa”, del Plan General Municipal de Ordenación de Alicante.

He examinado el expediente a que se refiere el epígrafe que precede, cuyos antecedentes, razonamientos y normas legales aplicables figuran, resumidos, a continuación.

1. La mercantil “Inmovist Inversiones Inmobiliarias, Sociedad Limitada”, que ha asumido la condición de agente urbanizador del Programa de Actuación Integrada del Sector PE/APA-9, “Vistahermosa”, mediante la cesión aprobada por acuerdo del Pleno del Ayuntamiento, de fecha 29 de octubre de 2010, en uso de las facultades que le confiere el artículo 163, apartado 1.a) de la Ley 16/2005, de 30 de diciembre, de la Generalitat, Urbanística Valenciana (LUV), ha presentado un Proyecto de Reparcelación para su sometimiento a los trámites de información pública y de audiencia de los interesados, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 177 del mismo texto legal.

2. El proyecto consta de los siguientes documentos: memoria; descripción de las fincas o partes de fincas aportadas a la reparcelación, con indicación de sus correspondientes propietarios; propuesta de adjudicación de fincas resultantes y suelo de cesión al Ayuntamiento; valoración de los elementos incompatibles con el planeamiento; cuenta de liquidación provisional, y planos de información (situación catastral, topográfica y planeamiento vigente) y de proyecto (delimitación y fincas iniciales, fincas resultantes, superposición y cesión de suelo municipal).

En consecuencia, formalmente el proyecto presentado incluye el contenido mínimo que exige el artículo 175 de la Ley Urbanística Valenciana.

También ha sido aportada un acta notarial acreditativa de la remisión de la comunicación a los interesados, así como la certificación del Registro de la Propiedad de dominio y cargas, según lo requerido, respectivamente, por los artículos 166 y 177, apartado 1.b), de la Ley Urbanística Valenciana.

3. El procedimiento de aprobación de la reparcelación forzosa consta, básicamente, de los siguientes trámites (artículos 177 de la Ley Urbanística Valenciana y 416 del ROGTU).

— Exposición al público (notificación a los interesados y publicación en el “Diario Oficial de la Generalitat Valenciana”) del proyecto de reparcelación durante un plazo mínimo de un mes.

— Acreditación, previa o simultánea al inicio del período de información, de la titularidad y situación de las fincas iniciales, mediante certificación del Registro de la Propiedad de dominio y cargas.

— Audiencia por quince días a los titulares registrales no tenidos en cuenta al elaborar el proyecto expuesto al público y a los afectados por modificaciones acordadas tras el período de información pública.

— Requerimientos recíprocos entre quienes hayan resultado adjudicatarios de fincas en condominio, a fin de extinguir la situación de proindivisión.

— Aprobación por la Junta de Gobierno Local.

El sometimiento a información pública es competencia de la alcaldesa, de conformidad con lo previsto en el artículo 124.ñ) de la Ley Reguladora de las Bases del Régimen Local, según la redacción dada por la Ley 57/2003, de 16 de diciembre, de medidas para la modernización del gobierno local, y por su delegación del día 29 de marzo de 2010, del Delegado de Urbanismo.

Como consecuencia de lo expuesto, resuelvo:

Primero.—Someter a información pública el Proyecto de Reparcelación Forzosa del Sector PE/APA 9, “Vistahermosa”, del Plan General Municipal de Ordenación de Alicante, presentado el día 15 de noviembre de 2010 por “Inmovist Inversiones Inmobiliarias, Sociedad Limitada”, mediante la publicación de un edicto en el “Diario Oficial de la Generalitat Valenciana”.

Segundo.—Previamente a la publicación del edicto, remitir la notificación del presente decreto a los interesados en la actuación.

Tercero.—Advertir que la información pública tendrá una duración de un mes a contar desde la publicación del anuncio en el “Diario Oficial de la Generalitat”, plazo en el que los interesados podrán presentar alegaciones.

Cuarto.—Con el resultado de la información pública y los informes y demás trámites que fueran necesarios, someter el proyecto a su aprobación.

Se publica el presente edicto para que sirva de notificación individualizada a don Ramón Pastor Pastor, doña Purificación Belló Mira, don José Llopis Carbonell, doña María Pascual Doménech, don Fernando Sanz Monzón, doña María Cea Estaban, don Giovanni Lei, doña María del Pilar Solanas Ferrándiz, don José Miralles Espadas, doña Isabel Caparrós Paniagua, don José María del Olmo Ibáñez, doña María Teresa Garrido Bas, doña Celia María Cerdán Ferrer, don Luis Cerdán López, don Antonio, doña María Luisa, doña María Elena y doña Alicia Cerdán Erades o, en su caso, a sus causahabientes, de conformidad con lo previsto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, ya que, habiéndose intentado la notificación, esta no ha podido practicarse.

En Alicante, a 21 de marzo de 2011.—El vicesecretario, Germán Pascual Ruiz-Valdepeñas.—El delegado de Urbanismo, Alfonso Mendoza Quesada.

(02/3.546/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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