Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 128

Fecha del Boletín 
01-06-2011

Sección 4.90.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110601-82

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE A CORUÑA NÚMERO 4

EDICTO

82
Juicio de faltas 519 de 2010

Doña María Luisa Díaz Sánchez, secretario del Juzgado de instrucción número de 4 de A Coruña.

Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 519 de 2010 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:

A Coruña, a 30 de marzo de 2011.

Vistos por mí, Víctor Pardo Domínguez, juez del Juzgado de instrucción número 4 de A Coruña, las actuaciones del juicio verbal de faltas, seguidas en este Juzgado con el número 519 de 2010 por una presunta falta de desobediencia, en las que figuraban como denunciante don Jorge Barro Moreno, quien no acudió al acto del juicio, pese a constar debidamente citado, y como denunciada, doña Sandra Otero Gestoso, tampoco presente en la vista. Sí se contó con la presencia del ministerio fiscal.

Es por eso que vengo en dictar, en nombre de Su Majestad el Rey de España, el siguiente

Fallo

Que debo absolver y absuelvo libremente a doña Sandra Otero Gestoso de las faltas objeto de la denuncia, declarándose las costas de oficio.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra ella podrán interponer recurso de apelación ante este mismo Juzgado en los cinco días siguientes a su notificación efectiva, recurso del que conocería la Audiencia Provincial de A Coruña.

Así, por esta mi sentencia, de la que se unirá certificación a las actuaciones originales para su notificación y cumplimiento, lo pronuncio, mando, y firmo.

Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a doña Sandra Otero Gestoso, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente.

En A Coruña, a 4 de mayo de 2011.

(03/18.030/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.90.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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