Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 128

Fecha del Boletín 
01-06-2011

Sección 4.50.1.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110601-59

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

SECRETARÍA DE GOBIERNO

59
Nombramiento juez de paz

Don José Palazuelos Morlanés, secretario de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

Certifico: Que por la Sala de Gobierno de este Tribunal Superior en sesión celebrada el día de hoy, se adoptó el siguiente acuerdo:

Veintidós.—Nombramiento de juez de paz sustituto de Las Rozas de Madrid.

Se da cuenta de la certificación remitida por el Ayuntamiento de Las Rozas de Madrid en el que se propone el nombramiento de don Rufino Rodríguez Platero para el cargo de juez de paz sustituto, aprobado por el Pleno de la Corporación en sesión celebrada el día 26 de enero de 2011, por diecisiete votos a favor, que representa la mayoría absoluta, del número legal.

Atendiendo a los criterios de la circular del Consejo General del Poder Judicial de fecha 6 de octubre de 1993, con especial referencia al régimen de prohibiciones e incompatibilidades y observando que concurren en el electo las condiciones de idoneidad y elegibilidad.

La Sala de Gobierno, por unanimidad, acuerda: nombrar juez de paz sustituto de Las Rozas de Madrid a don Rufino Rodríguez Platero.

Con certificación, particípese este acuerdo al Consejo General del Poder Judicial, al Juzgado Decano de primera instancia e instrucción de Majadahonda, partido judicial al que pertenece, al alcalde-presidente del Ayuntamiento de Las Rozas de Madrid, al Juzgado de paz de la misma localidad y al BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para su publicación.

Y para que conste y en cumplimiento de lo acordado, expido y firmo la presente en Madrid, a 28 de febrero de 2011.—El secretario de Gobierno, José Palazuelos Morlanés.

(03/17.106/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.50.1.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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