Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 128

Fecha del Boletín 
01-06-2011

Sección 4.140.40: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110601-237

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 41

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

237
Demanda 452 de 2011

Don José Gayo Ydoate, secretario judicial del Juzgado de lo social número 41 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 452 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Margarita Hurtado Martín, contra la empresa “Sispervén, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado las siguientes resoluciones.

Decreto

En Madrid, a 28 de abril de 2011.

Parte dispositiva:

Acuerdo:

1. Admitir a trámite la demanda por doña Margarita Hurtado Martín, frente a “Sispervén, Sociedad Limitada”, que se sustanciará por las reglas de ordinario.

2. Señalar para los actos de conciliación y juicio, en única y sucesiva convocatoria, para el próximo día 21 de junio de 2011 a las nueve y cincuenta de su mañana, en la Sala de Audiencias de este Juzgado sita en la calle Princesa, número 3, de Madrid, debiendo citarse a las partes, con entrega a la demandada y a la interesada de copia de la demanda y demás documentos aportados así como del escrito de subsanación, con las advertencias previstas en los artículos 82.2 y 83 de la Ley de Procedimiento Laboral.

3. Cítese a “Sispervén, Sociedad Limitada”, por medio de edictos y de forma “ad cautelam”, y requiérase a la parte actora a fin de que aporte domicilio de la demandada donde practicar la citación, habida cuenta de que el domicilio aportado en el escrito de demanda consta como desconocido, habiéndose intentado su citación en otros procedimientos seguidos ante este Juzgado.

4. Cítese al Fondo de Garantía Salarial.

5. Y se consignan las siguientes advertencias y apercibimientos:

A la parte demandante, que si no asistiere a la vista y la parte demandada no alegare interés legítimo en la continuación del proceso, se le tendrá por desistido de la demanda.

A la parte demandada, que conforme a lo preceptuado en el artículo 21 de la Ley de Procedimiento Laboral si el demandante pretendiese comparecer en el juicio asistido de abogados o representados por procurador o graduado social colegiado, lo hará constar en la demanda. Asimismo, la demandada pondrá esta circunstancia en conocimiento del Juzgado o Tribunal por escrito, dentro de los dos días siguientes al de su citación para el juicio, con objeto de que, trasladada tal intención al actor, pueda éste estar representado por procurador o graduado social colegiado, designar abogado en otro plazo igual o solicitar su designación a través del turno de oficio. La falta de cumplimiento de estos requisitos supone, la renuncia de la parte al derecho de valerse en el acto del juicio de abogado, procurador o graduado social colegiado. Si no asistiere a la vista y la parte demandada no alegare interés legítimo en la continuación del proceso, se le tendrá por desistido de la demanda.

A ambas partes, que deben comparecer a la vista con las pruebas de que intenten valerse.

6. Se indicará también a las partes, que en el vaso de solicitarse citación judicial de partes, testigos o peritos deberán pedirlo en el plazo de diez días siguientes a la recepción de la notificación de la presente resolución, debiendo indicar al Juzgado qué personas han de ser citadas por el tribunal para que asistan a la vista, bien como testigos o peritos, o como conocedoras de los hechos sobre los que tendría que declarar la parte, facilitando los datos y circunstancias precisas para llevar a efecto la citación, conforme al artículo 90.2 de la Ley de Procedimiento Laboral.

7. Asimismo, se indicará a ambas partes que deben comunicar a este tribunal cualquier cambio de domicilio que se produzca durante la sustantación de este proceso (artículo 155.5 párrafo primero de la Ley de Enjuiciamiento Civil).

Diligencia de ordenación del secretario judicial, don José Gayo Udoate.—En Madrid, a 13 de mayo de 2011.

Dada cuenta, el precedente escrito presentado por doña Margarita Hurtado Martín, con fecha de entrada en este Juzgado de 9 de mayo de 2011, a las nueve y cincuenta horas, señalándose nuevamente para únase a los autos de su razón, con entrega de copia a la parte contraria.

Conforme a lo solicitado y por coincidencia de señalamiento a la parte demandante y letrado que le asiste en el Juzgado de instrucción número 3 de Colmenar Viejo, se acuerda la suspensión del juicio señalado para el 21 de junio de 2011 el día 28 de junio de 2011, a las nueve y treinta horas.

Comuníquese a las partes y a quienes en su caso hubieran sido citados.

Así lo ordeno y firmo.—El secretario judicial (firmado).

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Sispervén, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 13 de mayo de 2011.—El secretario judicial (firmado).

(03/18.406/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.40: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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