Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 128

Fecha del Boletín 
01-06-2011

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110601-97

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 4

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

97
Ejecución 327 de 2010

Doña Rosario Rodríguez Sánchez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 4 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 327 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Juan José González Martínez y doña Natalia González Martínez, contra la empresa “A Toda Vela Hosteleros, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Decreto

Secretaria judicial, doña Ana María Ruiz Tejero.—En Madrid, a 3 de mayo de 2011.

Parte dispositiva:

Se acuerda:

a) El embargo del bien inmueble que se describe:

Finca urbana de Getafe número 15.174, tomo 1.407, libro 640, folio 123, identificador único de finca registral número 28084000111757, Registro de la Propiedad de Getafe número 1.

Como propiedad de “A Toda Vela Hosteleros, Sociedad Limitada”, para responder de la cantidad de 26.687,46 euros, más 5.337,49 euros para intereses y costas provisionalmente calculados para este procedimiento, seguido a instancias de don Juan José González Martínez y doña Natalia González Martínez, contra “A Toda Vela Hosteleros, Sociedad Limitada”.

b) Librar mandamiento por duplicado al Registro de la Propiedad para que practique anotación preventiva de dicho embargo, expida certificación de haberlo hecho, de la titularidad del bien, y en su caso, de sus cargas o gravámenes, y comunique a este órgano juicial la existencia de ulteriores asientos que pudieran afectar al embargo anotado y remitir, asimismo, mandamiento por fax al Registro de la Propiedad a fin de que extienda el correspondiente asiento de presentación.

c) Requerir a la ejecutada para que dentro de los diez días siguientes a la notificación de esta resolución cumpla los requerimientos indicados en el segundo fundamento jurídico del presente decreto.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “A Toda Vela Hosteleros, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 3 de mayo de 2011.—La secretaria judicial (firmado).

(03/17.222/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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