Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 126

Fecha del Boletín 
30-05-2011

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110530-80

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 10

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

80
Ejecución 5 de 2011

Doña Ana Isabel Pérez Aínsa, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 10 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 5 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Yofre Llinio Paredes Ibardo, contra la empresa “Construcciones Obando Herrera, Sociedad Limitada”, sobre despido, se han dictado decretos de fechas 29 de abril de 2011 y 17 de febrero de 2011 siguientes:

Decreto

Secretaria judicial, doña Ana Isabel Pérez Aínsa.—En Madrid, a 29 de abril de 2011.

Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación,

Parte dispositiva:

Acuerdo: Que habiéndose apreciado error material de oficio en el decreto de fecha 17 de febrero de 2011, dictado por este Juzgado, se ha de corregir el mismo en el sentido siguiente:

En el párrafo segundo, donde dice: “…por el Juzgado de lo social número 4 de Madrid en el procedimiento ejecución número 105 de 2010, según consta en decreto de fecha 6 de octubre de 2010”; deber decir: “…por el Juzgado de lo social número 5 de Zaragoza en el procedimiento de ejecución 252 de 2010, según consta en decreto de fecha 16 de noviembre de 2010”.

En el párrafo tercero, donde dice: “…de lo social número 4 de Madrid en el procedimiento ejecución número 105 de 2010…”; debe decir: “…de lo social número 5 de Zaragoza en el procedimiento ejecución número 252 de 2010…”.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Contra la presente resolución, no cabe interponer recurso alguno distinto del que en su caso pudiera interponerse frente a la resolución modificada.

Decreto

Secretaria judicial, doña Ana Isabel Pérez Aínsa.—En Madrid, a 17 de febrero de 2011.

Acuerdo: Dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora para que en quince días puedan designar la existencia de nuevos bienes susceptibles de traba, advirtiéndoles que de no ser así se procederá a dictar decreto de insolvencia provisional en la presente ejecución.

Modo de impugnación: contra la misma podrán interponer recurso directo de revisión ante quien dicta esta resolución mediante escrito que deberá expresar la infracción cometida a juicio del recurrente, en el plazo improrrogable de cinco días hábiles siguientes al de su notificación (artículos 551.5 de la Ley de Enjuiciamiento Civil y 186 de la Ley de Procedimiento Laboral). Advirtiéndose a las partes de conformidad al artículo 244 de la Ley de Procedimiento Laboral las resoluciones dictadas en ejecución se llevarán a efecto no obstante su impugnación.

Lo preinserto concuerda bien y fielmente con su original al que me remito, y para que surta los efectos oportunos, expido el presente que firmo en Madrid, a 29 de abril de 2011.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Construcciones Obando Herrera, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 29 de abril de 2011.—La secretaria judicial (firmado).

(03/17.186/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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