Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 121

Fecha del Boletín 
24-05-2011

Sección 1.4.90.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110524-28

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

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CONSEJERÍA DE SANIDAD

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NOTIFICACIÓN a doña María del Prado Ayala Muñoz de Resolución de 3 de marzo de 2011, de la Dirección General de Ordenación e Inspección, relativa a autorización de apertura de nueva oficina de farmacia en la zona farmacéutica “05.01.04 La Moraleja”.

En el expediente de autorización de apertura de nueva oficina de farmacia en la zona farmacéutica “05.01.04 La Moraleja”, la Dirección General de Ordenación e Inspección ha dictado la siguiente

RESOLUCIÓN

«De conformidad con lo establecido en la Resolución 285/2004, de 21 de diciembre (publicada el 4 de enero en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID), rectificada por la Resolución 3/2005, de 11 de enero, por la que se autoriza la apertura de nuevas oficinas de farmacia de acuerdo con la Resolución 50/2003, de 7 de mayo, y en base a lo establecido en los artículos 14 y 15 del Decreto 115/1997, de 18 de septiembre, y el artículo 34.4 de la Ley 19/1998, de 25 de noviembre, de Ordenación y Asistencia Farmacéutica, se le comunica que ha resultado autorizada para la apertura de la nueva oficina de farmacia en dicho procedimiento en la siguiente zona farmacéutica: “05.01.04 La Moraleja”.

Habiendo resultado autorizada para la apertura de nueva oficina de farmacia en la zona farmacéutica anteriormente citada, en cumplimiento del artículo 14 del Decreto 115/1997, de 18 de septiembre, deberá acreditar la constitución de garantía por valor de 3.005,06 euros, en el plazo de quince días hábiles contados desde la fecha de notificación del presente escrito.

La garantía podrá constituirse en metálico o mediante aval bancario solidario a favor de la Tesorería General de la Comunidad de Madrid, y en ambos casos, habrá de efectuarse ante la Caja de la Tesorería Central de la Comunidad de Madrid, sita en la plaza de Chamberí, número 8, primera planta.

La acreditación de la constitución de dicha garantía deberá efectuarse ante la Consejería de Sanidad, sita en la calle Recoletos, número 1, primera planta, de Madrid, mediante la presentación de la carta de pago de la garantía o copia autorizada de la misma, debiéndose especificar la zona farmacéutica para la que se encuentra efecta dicha garantía y, por lo tanto, para la que pretende iniciar el procedimiento de autorización para la instalación de la nueva oficina de farmacia. La afectación del pago de la garantía a una zona farmacéutica implica la renuncia a las restantes posibles autorizaciones de nuevas oficinas de farmacia que pudiera obtener en las zonas farmacéuticas en las que hubiera concursado.

De no efectuarse la constitución y acreditación de la garantía en el plazo y términos indicados o, en caso de renuncia, se otorgará la autorización de la nueva apertura de oficina de farmacéutica anteriormente citada a favor del farmacéutico o farmacéuticos que resulten en la Resolución 285/2004, de 21 de diciembre, con la siguiente mayor puntuación.

A efectos de cotejo y compulsa de las copias de los documentos que obren en su expediente, deberá presentar, en la Sección de Régimen Jurídico del Servicio de Ordenación Farmacéutica, sito en la calle Recoletos, número 1, primera planta, los documentos originales acreditativos de los méritos académicos y profesionales en virtud de los cuales ha obtenido la autorización correspondiente, así como documentación que acredite que no incurre en causa invalidante para el ejercicio profesional como titular de oficina de farmacia.

Dicha compulsa y cotejo de documentos deberá realizarse, en todo caso, con carácter previo a la constitución y acreditación de la garantía exigida en el artículo 14 del Decreto 115/1997, de 18 de septiembre.

En Madrid, a 3 de marzo de 2011.—El Director General de Ordenación e Inspección, Manuel Molina Muñoz».

Lo que se comunica a los oportunos efectos, previniendo de que, contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante la ilustrísima señora Viceconsejera de Ordenación Sanitaria e Infraestructuras en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la publicación de la presente notificación, todo ello de conformidad con lo dispuesto en los artículos 107, 114 y 115, en relación con el artículo 48 de la Ley 4/1999, de 13 de enero (disposición transitoria segunda), de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Lo que ante la imposibilidad de notificación individual, se hace público en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (Ley 30/1992, de 26 de noviembre).

Madrid, a 25 de abril de 2011.—La Secretaria General Técnica, Cristina Torre-Marín Comas.

(03/17.941/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.90.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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