Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 121

Fecha del Boletín 
24-05-2011

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110524-62

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE COLMENAR DE OREJA

PERSONAL

62
Modificación relación puestos trabajo

Elevado a definitivo el acuerdo del Pleno municipal de 31 de marzo de 2011, relativo a la modificación de la relación de puestos de trabajo del Ayuntamiento de Colmenar de Oreja, se publica dicha modificación a efectos de lo dispuesto en el artículo 127 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, cuyo contenido es el siguiente:

Modificar el puesto de trabajo número 49, oficial de obras, personal laboral, de la plantilla de personal de este Ayuntamiento, que se encuentra vacante, cuyo contenido, una vez modificado, es el siguiente:

Denominación del puesto: oficial de obras.

Grupo: C2.

Nivel: 16.

Valoración de complemento específico: 17,80 puntos.

Con las responsabilidades y tareas que se indican en la ficha del puesto de trabajo.

Contra el presente acuerdo se puede interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el Pleno del Ayuntamiento de Colmenar de Oreja en el plazo de un mes, contado a partir de la publicación del presente anuncio, o recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo, con sede en Madrid, en el plazo de dos meses, por tratarse de un acto definitivo en vía administrativa, o cualquier otro recurso que se considere pertinente.

No se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto en su caso.

El Colmenar de Oreja, a 5 de mayo de 2011.—La alcaldesa, María Pilar Algovia Aparicio.

(03/17.553/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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