Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 121

Fecha del Boletín 
24-05-2011

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110524-101

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE NAVALCARNERO NÚMERO 2

EDICTO

101
Juicio de faltas 161 de 2010

Doña Carmen Martín García, secretaria del Juzgado de instrucción número 2 de Navalcarnero.

Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 161 de 2010 se ha dictado la presente sentencia, que su encabezamiento y parte dispositiva dice:

Sentencia

En Navalcarnero, a 4 de junio de 2010.—Vistos por mí, Francisco Javier Piñonosa Ros, magistrado-juez del Juzgado de instrucción número 2 de Navalcarnero, los presentes autos del juicio de faltas número 161 de 2010, en los que han sido partes: en concepto de denunciante, don Álvaro Ariel Alfonso Gómez; como perjudicada, la entidad “New Yorker”, y como denunciados, doña Carolina Andrea Molano Leo y don Ángel Pérez Rojo. Asiste el ministerio fiscal en el ejercicio de la acción pública.

Fallo

Que declaro la libre absolución de doña Carolina Andrea Molano Leo y don Ángel Pérez Rojo por los hechos que originaron esta causa, declarando de oficio las costas procesales.

Notifíquese la presente resolución a las partes, previniéndoles que contra la misma podrán interponer, mediante escrito ante este Juzgado, recurso de apelación en el plazo de cinco días siguientes a su notificación, y que, en su caso, será resuelto por la Audiencia Provincial.

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.—Doy fe.

Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a doña Carolina Andrea Molano León, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Navalcarnero, a 18 de abril de 2011.—La secretaria (firmado).

(03/16.985/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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