Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 120

Fecha del Boletín 
23-05-2011

Sección 1.4.80.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110523-33

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

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CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO

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RESOLUCIÓN de 13 de abril de 2011, de la Dirección General del Medio Ambiente, por la que se requiere a los/las propietarios/as de los animales para la recogida de los mismos.

Habiéndose recibido en esta Dirección General del Medio Ambiente denuncias interpuestas por supuesto abandono de animales, en las que, no habiendo sido posible la notificación del requerimiento a los propietarios de los animales para la recogida de los mismos, he resuelto ordenar su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, así como su inserción en el tablón de edictos del Ayuntamiento que corresponda, a los efectos previstos en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, según se especifica en el Anexo Único. Indicándose que en el caso de no recuperar el animal en un plazo de diecinueve días, a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta Resolución, los animales se considerarán abandonados de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 29 del Decreto 44/1991, de 30 de mayo, de Protección de Animales y Plantas (Reglamento de la Ley 1/1990, de Protección de Animales Domésticos), y se procederá a la tramitación del correspondiente expediente sancionador, estando considerado el abandono de animales como una infracción muy grave.

Madrid, a 13 de abril de 2011.—El Director General del Medio Ambiente, PDF (Resolución de 14 de mayo de 2009), el Subdirector General de Recursos Agrarios, Jesús Carpintero Hervás.

ANEXO ÚNICO

Imputado. — Último domicilio conocido. — Municipio. — Número de expediente. — Identificación del animal y dirección del centro de acogida donde se encuentra el animal. — Presunta infracción. — Órgano competente para imponer la sanción y norma que le atribuye tal competencia

Paula Gozález García. — Gran Vía, número 15, primero A. — 28220 Majadahonda (Madrid). — 10/PA-0532/2010. — Depositado un animal de especie canina, identificado con el código 977200004668973, de su propiedad, en el Centro Integral de Acogida de Animales de la Comunidad de Madrid (CIAAM), ubicado en carretera de Colmenar Viejo a Guadalix de la Sierra, kilómetro 1,800, 28770 Colmenar Viejo (Madrid). — En caso de no recuperar el animal en un plazo de diecinueve días, se considerará abandono y se tramitará expediente sancionador, siendo considerada una infracción muy grave. — Consejo de Gobierno, artículo 29 de la Ley 1/1990, de 1 de febrero, de Protección de los Animales Domésticos.

Asen Borisov Angelov. — Calle Real, sin número. — 24160 Gradefes-Valdeacón (León). — 10/PA-0604/2010. — Depositado un animal de especie canina, identificado con el código 981098102328135, de su propiedad, en el Centro Integral de Acogida de Animales de la Comunidad de Madrid (CIAAM), ubicado en carretera de Colmenar Viejo a Guadalix de la Sierra, kilómetro 1,800, 28770 Colmenar Viejo (Madrid). — En caso de no recuperar el animal en un plazo de diecinueve días, se considerará abandono y se tramitará expediente sancionador, siendo considerada una infracción muy grave. — Consejo de Gobierno, artículo 29 de la Ley 1/1990, de 1 de febrero, de Protección de los Animales Domésticos.

María Isabel Villegas Pérez. — Calle Campotejar, número 27. — 28041 Madrid. — 10/PA-0608/10. — Depositado un animal de la especie canina, identificado con el código 977200001311027, de su propiedad, en el Centro Municipal de Parla, ubicado en la calle Bruselas, número 4, 28983 Parla (Madrid). — En caso de no recuperar el animal en un plazo de diecinueve días, se considerará abandono y se tramitará expediente sancionador, siendo considerada una infracción muy grave. — Consejo de Gobierno, artículo 29 de la Ley 1/1990, de 1 de febrero, de Protección de los Animales Domésticos.

Francisco Venturini Blanco. — Calle del Rosari, número 10. — 07800 Can Bou (Eivissa). — 10/PA-0652/2010. — Depositado un animal de la especie felina, identificado con el código 981098102232437, de su propiedad, en la Sociedad Protectora de Animales y Plantas de Madrid (SPAP), carretera de Fuencarral al Pardo, kilómetro 2 (Madrid). — En caso de no recuperar el animal en un plazo de diecinueve días, se considerará abandono y se tramitará expediente sancionador, siendo considerada una infracción muy grave. — Consejo de Gobierno, artículo 29 de la Ley 1/1990, de 1 de febrero, de Protección de los Animales Domésticos.

Miguel Arévalo Arriaza. — Calle Tirso de Molina, número 14. — 28980 Parla (Madrid). — 10/PA-0002/11. — Depositado un animal de la especie felina, identificado con el código 115176716A, de su propiedad, en el Centro Municipal de Parla, ubicado en la calle Bruselas, número 4, 28983 Parla (Madrid). — En caso de no recuperar el animal en un plazo de diecinueve días, se considerará abandono y se tramitará expediente sancionador, siendo considerada una infracción muy grave. — Consejo de Gobierno, artículo 29 de la Ley 1/1990, de 1 de febrero, de Protección de los Animales Domésticos.

Pedro Fraile Capellán. — Calle Mauricio Legendre, número 16. — 28046 Madrid. — 10/PA-0070/2011. — Depositado un animal de la especie canina, identificado con el código 941000002317347, de su propiedad, en la Asociación para la Liberación y el Bienestar Animal (ALBA), ubicado en el polígono industrial “Alcamar”, camino del Corral, sin número, 28816 Camarma de Esteruelas (Madrid). — En caso de no recuperar el animal en un plazo de diecinueve días, se considerará abandono y se tramitará expediente sancionador, siendo considerada una infracción muy grave. — Consejo de Gobierno, artículo 29 de la Ley 1/1990, de 1 de febrero, de Protección de los Animales Domésticos.

Ángel Herrera Fernández. — Avenida Portugal, número 3, portal 1, escalera 1, primero B. — 40424 Los Ángeles de San Rafael-El Espinar (Segovia). — 10/PA-0104/2011. — Depositado un animal de la especie canina, identificado con el código 938000000256795, de su propiedad, en la Asociación para la Liberación y el Bienestar Animal (ALBA), ubicado en el polígono industrial “Alcamar”, camino del Corral, sin número, 28816 Camarma de Esteruelas (Madrid). — En caso de no recuperar el animal en un plazo de diecinueve días, se considerará abandono y se tramitará expediente sancionador, siendo considerada una infracción muy grave. — Consejo de Gobierno, artículo 29 de la Ley 1/1990, de 1 de febrero, de Protección de los Animales Domésticos.

(03/17.431/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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