Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 117

Fecha del Boletín 
19-05-2011

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110519-109

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 58

EDICTO

109
Procedimiento ordinario 7 de 2009

Doña Pilar Doncel Catalán, secretaria del Juzgado de primera instancia número 58 de Madrid.

Hace saber: Que en los autos del procedimiento ordinario número 7 de 2009, que se siguen en este Juzgado sobre acción declarativa de dominio, a instancias de don Manuel Marcote Villar, representado por la procuradora doña Blanca Murillo de la Cuadra, contra “Construcciones Amatriaín, Sociedad Anónima”, se ha dictado sentencia con fecha 5 de abril de 2011, cuya parte dispositiva es del tenor siguiente:

Fallo

Que debo estimar y estimo íntegramente la demanda, y en consecuencia, se debe declarar que la vivienda sita en la calle Doctor Esquerdo, número 142, séptimo A, número 142, y la plaza de garaje número 2 de la citada vivienda, fue adquirida por el actor y doña María del Pilar Ríos Rey a la parte demandada, y en consecuencia se debe condenar a la parte demandada a que eleve a escritura pública el contrato privado de 7 de abril de 1976 a favor del actor y de doña María del Pilar Ríos Rey de la vivienda sita en la calle Doctor Esquerdo, número 142, séptimo A, número 142, y la plaza de garaje número 2 de la citada vivienda, y lo anterior sin imposición de la condena de las costas causadas.

Contra esta resolución cabe recurso de apelación, que se prepara por escrito ante este Juzgado en el término de cinco días. De conformidad con el contenido de la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, se indica a las partes que para la interposición del recurso de apelación la necesidad de constituir un depósito de 50 euros en la cuenta de depósitos y consignaciones de este Juzgado (número 2655 0000 02 y número de procedimiento/año), indicando en el depósito que se trata del recurso de apelación.

Así, por esta mi sentencia, la pronuncio, mando y firmo.

Publicación

Firmada que ha sido la resolución anterior y depositada en la oficina judicial en el día de la fecha, se une certificación literal de la misma a los autos de procedimiento ordinario número 7 de 2009, llevando original al libro correspondiente de este Juzgado.—Doy fe.

Y como consecuencia del ignorado paradero de “Construcciones Amatriaín, Sociedad Anónima”, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación a la demandada y para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, extiendo y firmo la presente en Madrid, a 11 de abril de 2011.—La secretaria (firmado).

(02/4.243/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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