Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 115

Fecha del Boletín 
17-05-2011

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110517-139

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 16

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

139
Demanda 1.431 de 2010

Doña Ana Correchel Calvo, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 16 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.431 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Miguel Blanca Madrigal y doña María del Mar Díaz Sánchez, contra don José María Carrio Montiel, “Luminosos Díaz Campos, Sociedad Anónima”, y don José María Carrio Montiel, administrador concursal, sobre despido, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Que estimando las demandas interpuestas por los actores don Miguel Blanca Madrigal y doña María del Mar Díaz Sánchez, contra la empresa “Luminosos Díaz Campos, Sociedad Anónima”, debo declarar y declaro improcedente por defecto de forma la decisión extintiva adoptada por la empresa demandada y, en consecuencia, encontrándose la empresa actualmente cerrada y sin actividad, declarar extinguida con esta fecha la relación laboral vigente entre ambas partes, condenando a la demandada a que abone a los trabajadores una indemnización fijada en 40.190,73 euros a favor de don Miguel Blanca Madrigal y 74.314,76 euros a favor de doña María del Mar Díaz Sánchez, y los salarios de trámite devengados desde el día siguiente a la fecha del despido, ocurrido el día 15 de septiembre de 2010, hasta la presente sentencia, a razón de 84,39 euros/día y 77,11 euros/día, respectivamente, que ascienden a la suma de 15.190,20 euros a favor de don Miguel Blanca Madrigal y 13.879,80 euros a favor de doña María del Mar Díaz Sánchez, más una indemnización por falta de preaviso a cada uno de los actores de quince días de salario cifrada en la cantidad de 1.265,85 euros a favor de don Miguel Blanca Madrigal y 1.156,65 euros a favor de doña María del Mar Díaz Sánchez.

En relación con el administrador concursal emplazado y personado en estas actuaciones, estese a lo prevenido en los artículos 50.2 y 51.2-3 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Luminosos Díaz Campos, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 14 de abril de 2011.—La secretaria judicial (firmado).

(03/15.152/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110517-139