Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 114

Fecha del Boletín 
16-05-2011

Sección 1.2.90.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110516-4

Páginas: 20


I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal

CONSEJERÍA DE SANIDAD

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RESOLUCIÓN de 12 de mayo de 2011, de la Dirección General de Recursos Humanos del Servicio Madrileño de Salud, por la que se fija la fecha y el procedimiento a seguir para la elección de plazas por los aspirantes que han superado el proceso selectivo para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en plazas de Diplomados Sanitarios/Enfermera del Servicio de Salud de la Comunidad de Madrid.

Por Resolución de 29 de enero de 2008, la Dirección General de Recursos Humanos de la Consejería de Sanidad (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 4 de febrero) convocó las pruebas selectivas para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en plazas de Diplomados Sanitarios/Enfermera del Servicio de Salud de la Comunidad de Madrid.

El Real Decreto-Ley 1/1999, de 8 de enero (“Boletín Oficial del Estado” de 9 de enero), sobre selección de personal estatutario y provisión de plazas en las Instituciones Sanitarias de la Seguridad Social, en su artículo 12 determina que las plazas se adjudicarán entre los aspirantes de acuerdo con su solicitud y por el orden de la puntuación alcanzada, estableciendo que solamente podrán ser declarados aprobados aquellos que obtengan plaza en las pruebas selectivas, perdiendo los derechos derivados de su participación en las mismas los que no soliciten plaza o renuncien, en su caso, a elegirla.

De acuerdo con lo establecido en las bases 7.3.8 y 8.3 de la convocatoria del proceso selectivo, el Tribunal Calificador de estas pruebas selectivas publica las calificaciones definitivas de la fase de concurso y del concurso-oposición en los lugares establecidos en la base 5.2. Asimismo, se publica la relación de plazas a adjudicar en los términos señalados en la base 1.1 de dicha convocatoria.

Una vez que el Tribunal ha elevado a esta Dirección General la relación de aspirantes por orden de puntuación total obtenida, procede, de acuerdo con lo previsto en la base 8.3, fijar la fecha y el procedimiento para la elección de plaza.

Por ello, esta Dirección General, en virtud de las competencias que tiene atribuidas en el artículo 10 del Decreto 23/2008, de 3 de abril, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica del Servicio Madrileño de Salud,

RESUELVE

Primero

Declarar que han superado las pruebas selectivas para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en plazas de Diplomados Sanitarios/Enfermera del Servicio de Salud de la Comunidad de Madrid, los aspirantes incluidos en el Anexo I de la presente Resolución.

Segundo

De acuerdo con lo previsto en el apartado 1.1 de la convocatoria, las plazas reservadas al turno de promoción interna que no han sido cubiertas se acumulan a las plazas del turno de acceso libre.

Tercero

A efectos del cumplimiento legal del porcentaje mínimo de reserva en los procesos selectivos del cupo de plazas para personas con discapacidad con un grado de minusvalía reconocido igual o superior al 33 por 100, las plazas reservadas en el apartado 1.1 de la convocatoria a dicho cupo en el turno de promoción interna que no han sido cubiertas, se acumulan al cupo de discapacidad del turno libre.

Cuarto

De conformidad con lo establecido en la base 8.5 de la convocatoria, aquellos aspirantes que habiendo accedido al proceso selectivo por el cupo de discapacidad, no han alcanzado puntuación suficiente para la elección de plaza por este criterio, eligen las últimas plazas disponibles en base a la reserva para el cupo de discapacidad regulada en el apartado 1.1 de la convocatoria. Las plazas reservadas al cupo de discapacidad que no se adjudiquen se acumulan al turno correspondiente.

Quinto

Según lo dispuesto en la base 8.4 de la convocatoria, las plazas se adjudicarán por el orden de puntuación alcanzada por los aspirantes en el proceso selectivo. En caso de empate, se resolverá a favor del aspirante que concurra por el cupo de discapacidad en segundo lugar, quien obtenga la mayor puntuación en la fase de oposición; de persistir la igualdad, en quien obtenga la mayor puntuación y por su orden en los distintos apartados del baremo de la fase de concurso. De continuar el empate, se deshará mediante la celebración de un sorteo público que se anunciará con la suficiente antelación.

Por tanto, en aquellos casos en los que haya que desempatar mediante la celebración de sorteo público, se procederá a su realización en el mismo acto del llamamiento de los aspirantes afectados, siendo, por tanto, el resultado del sorteo el que determine el aspirante que solicita plaza en primer lugar de entre los afectados por el empate.

Sexto

De acuerdo con lo previsto en la base 8.4 de la convocatoria, la solicitud de las plazas por parte de los aspirantes que han superado el proceso selectivo se realizará por orden de puntuación, mediante llamamiento público que tendrá lugar en la sede de la Dirección General de Recursos Humanos del Servicio Madrileño de Salud, sita en la calle Sagasta, número 6, de Madrid, los días 31 de mayo y 1 de junio, con el horario y orden que se especifica en el Anexo II de esta Resolución.

Las plazas se adjudicarán por el orden de puntuación alcanzada por los aspirantes en el proceso selectivo. En caso de empate, se resolverá de acuerdo con lo dispuesto en la base 8.4 de la convocatoria.

Séptimo

Los aspirantes que no soliciten plaza, de acuerdo con lo previsto en la presente Resolución, perderán lo derechos derivados de su participación en las pruebas selectivas.

Octavo

Ante la posibilidad de que algún candidato de los incluidos en el Anexo I no acuda al llamamiento o, en su caso, renuncie a la elección de plaza, se convoca el mismo día 1 de junio, a las diecisiete horas, a todos aquellos aspirantes comprendidos entre los números 801 hasta el 900, ambos inclusive, que figuran en el Anexo III de esta Resolución. Este llamamiento finalizará en el momento en que hayan sido adjudicadas todas las plazas convocadas.

Noveno

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, los interesados podrán interponer recurso de alzada ante el mismo órgano que la ha dictado o ante la Viceconsejera de Asistencia Sanitaria del Servicio Madrileño de Salud, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, conforme a lo dispuesto en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, según redacción dada por la Ley 4/1999, sin perjuicio de cualquier otro recurso que se estime procedente interponer para mejor defensa de sus intereses.

Dado en Madrid, a 12 de mayo de 2011.—El Director General de Recursos Humanos, Armando Resino Sabater.

ANEXO I

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ANEXO II

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ANEXO III

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(03/17.607/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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