Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 114

Fecha del Boletín 
16-05-2011

Sección 1.3.80.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110516-21

Páginas: 1


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO

21
RESOLUCIÓN de 29 de abril de 2011, por la que se hace público el Acuerdo relativo al Plan Especial “Hospital Niño Jesús”, en el término municipal de Madrid, promovido por la Consejería de Sanidad (Ac. 57/11).

La Comisión de Urbanismo de Madrid, en la sesión celebrada el día 28 de abril de 2011, examinó el expediente relativo al Plan Especial “Hospital Niño Jesús”, en el término municipal de Madrid, promovido por la Consejería de Sanidad.

En virtud del contenido del informe técnico-jurídico de 25 de abril de 2011, emitido por la Dirección General de Urbanismo y Estrategia Territorial de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, y demás informes obrantes en el expediente, y aceptando la propuesta formulada por dicha Dirección General el 25 de abril de 2011, elevada a su consideración, la Comisión de Urbanismo de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 61.3.b) de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, adoptó el Acuerdo del siguiente tenor literal:

Primero

Aprobar definitivamente el Plan Especial “Hospital Niño Jesús”, en el término municipal de Madrid, promovido por la Consejería de Sanidad, sujeto a las siguientes prescripciones:

De conformidad con el informe de la Dirección General de Evaluación Ambiental de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, de 25 de agosto de 2010, obrante en el expediente, “antes de la aprobación del proyecto se deberá tramitar el correspondiente procedimiento de evaluación ambiental”.

Igualmente, de conformidad con el informe obrante en el expediente, de la Dirección General de Ejecución y Control de la Edificación del Ayuntamiento de Madrid, de 25 de junio de 2010, “con carácter previo a la concesión de licencia de edificación el uso de garaje de aparcamiento cuando tenga una superficie de más de 12.000 metros cuadrados requiere la redacción de un Plan Especial para el control urbanístico ambiental de usos”.

Segundo

Publicar el presente Acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En relación con lo dispuesto en el artículo 65 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, expresamente se significa que un ejemplar del citado Plan Especial se encuentra depositado en la Unidad de Información Urbanística de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, sita en la calle Maudes, número 17, de Madrid, o en www.madrid.org/cartografia, donde puede ser consultado.

Lo que se hace público para general conocimiento, significándose que contra el presente Acuerdo podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a su publicación, y sin perjuicio de cuantos otros recursos se estime oportuno deducir.

Madrid, a 29 de abril de 2011.—El Secretario General Técnico, Alfonso Moreno Gómez.

(03/16.792/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.80.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110516-21