Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 111

Fecha del Boletín 
12-05-2011

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110512-145

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 25

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

145
Ejecución 1.599 de 2010

Doña María José González Huergo, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 25 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.599 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Deborah Ruth Barón Mendoza, contra la empresa “Querencia Producciones, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado sentencia de fecha 28 de marzo de 2011, cuya parte dispositiva es la siguiente:

En Madrid, a 28 de marzo de 2011.—María del Carmen Camargo Sánchez, magistrada-juez sustituta en refuerzo del Juzgado de lo social número 25 de Madrid, tras haber visto los presentes autos sobre despido entre partes: de una, y como demandante, doña Deborah Ruth Barón Mendoza, pasaporte venezolano número C-1431125, que comparece con asistencia del letrado don Jorge Herruzo Capilla, y de otra, como demandada, “Querencia Producciones, Sociedad Limitada”, que no comparece pese a estar citada en forma, Fondo de Garantía Salarial tampoco comparece habiendo sido citado, en nombre del Rey ha dictado la siguiente sentencia.

Fallo

Que debo estimar y estimo la demanda de la parte actora, doña Deborah Ruth Barón Mendoza, pasaporte venezolano número C-1431125, y declaro que su despido verbal de fecha 3 de noviembre de 2010, constituye un despido improcedente, y en consecuencia condeno a la demandada, “Querencia Producciones, Sociedad Limitada”, a estar y pasar por la anterior declaración sin que proceda el derecho de opción, debido al cierre de la empresa, por lo que se declara la extinción del contrato laboral.

Que debo condenar y condeno a la demandada “Querencia Producciones, Sociedad Limitada”, a que abone a la correspondiente indemnización que se fija en la cantidad de 1.063,35 euros, con abono asimismo de los salarios de tramitación desde la fecha referida hasta esta sentencia, con las cotizaciones correspondientes en Seguridad Social. Dichos salarios ascienden a la cantidad de 16,68 euros diarios con inclusión de prorrata de pagas extras.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Querencia Producciones, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 4 de abril de 2011.—La secretaria judicial (firmado).

(03/14.666/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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