Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 111

Fecha del Boletín 
12-05-2011

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110512-136

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 23

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

136
Ejecución 345 de 2010

Doña Eugenia López Jacoiste Rico, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 23 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 345 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña María Antonia Muñoz Jiménez, contra la empresa “Akiar Decor, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución:

Auto

Magistrado-juez de lo social, señor don Jorge Juan Guillén Olcina.—En Madrid, a 15 de marzo de 2011.

Parte dispositiva:

Dispongo: Despachar orden general de ejecución de la sentencia número 541 de 2010 de fecha 5 de noviembre de 2010 a favor de la parte ejecutante, doña María Antonia Muñoz Jiménez, frente a “Akiar Decor, Sociedad Limitada”, por importe de 6.204,37 euros de principal (de los que 4.822,32 euros en concepto de indemnización más salarios de tramitación y 1.000 euros en concepto de honorarios del letrado), más 100 euros en concepto de sanción, más 372,26 euros de intereses y 620,43 euros de costas, cantidades estas dos últimas que se fijan de forma provisional, sin perjuicio de posterior liquidación.

Decreto

Secretaria judicial, doña Eugenia López-Jacoiste Rico.—En Madrid, a 15 de marzo de 2011.

Parte dispositiva:

En orden a dar efectividad a las medidas concretas solicitadas, acuerdo: Realizar consulta sobre bienes y derechos de la parte ejecutada a través de los servicios telemáticos del punto neutro judicial y, visto el resultado, que se une a los autos acuerdo:

El embargo de los saldos favorables y depósitos existentes en las cuentas bancarias abiertas en entidades financieras a nombre de la empresa ejecutada, librándose a tal fin los correspondientes oficios.

El embargo de las cantidades pendientes de devolución por la Agencia Tributaria a la parte ejecutada hasta cubrir la cantidad objeto de apremio, interesando la remisión de las mismas a la “Cuenta de consignaciones y depósitos” abierta por este Juzgado en “Banesto”, sucursal 1143 sita en la calle Orense, número 19, de Madrid.

Asimismo, expídase el oportuno oficio al encargado del Servicio de Índices del Registro de la Propiedad, a fin de que comunique a este Juzgado la existencia de bienes propiedad de la empresa ejecutada.

El embargo de los bienes de la ejecutada “Akiar Decor, Sociedad Limitada”, con cédula de identificación fiscal B-84629302, que se encuentren en su domicilio, sito en la calle Finisterre, número 3, 28029 de Madrid. A tal fin, líbrese testimonio de la presente resolución al Servicio Común de Notificaciones y Embargos de los Juzgados de Madrid, al efecto de que por la Comisión Judicial se proceda al embargo de los bienes en cuantía suficiente para cubrir las cantidades por las que se despacha ejecución, y a quienes servirá el presente de mandamiento en forma, pudiendo solicitar, si preciso fuere, el auxilio de la Fuerza Pública, así como hacer uso de los medios personales y materiales necesarios para poder acceder a los lugares en que se encuentran los bienes cuya traba se pretende.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Akiar Decor, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 6 de abril de 2011.—La secretaria judicial (firmado).

(03/14.784/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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