Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 111

Fecha del Boletín 
12-05-2011

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110512-79

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 76

EDICTO

79
Procedimiento 885 de 2010-R

En el juicio de divorcio contencioso 885 de 2010, se ha dictado la resolución cuyo texto literal es el siguiente:

Sentencia número 167

En Madrid, a 7 de abril de 2011.—Doña María José Romero Suárez, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 76 de Madrid, habiendo visto los presentes autos de divorcio contencioso, registrados con el número 885 de 2011, seguidos ante este Juzgado entre partes: de un lado, como demandante, doña Sandra Bedoya Garcea, con domicilio en la calle Canal de Suez, número 45, de la ciudad de Madrid, representada por el procurador don Francisco de Asís Moreno Ponce, defendida por la letrada doña Clara Serrano Nebrera, y de otro lado, como demandado, don Johannes Leonardus Fourie, con número de pasaporte 4311313137, sin domicilio conocido; el cual ha sido declarado en situación de rebeldía procesal,

Fallo

Acordar la disolución por divorcio del matrimonio formado por doña Sandra Bedoya Garcea y don Johannes Leonardus Fourie con los efectos legales inherentes a tal pronunciamiento, autorizando, en consecuencia, a los cónyuges a vivir separados, cesando la presunción de convivencia conyugal, quedando revocados cuantos consentimientos y poderes se hubieren otorgado, incluso en el ejercicio de la potestad doméstica.

Se decreta la disolución del régimen económico matrimonial de gananciales.

Sin especial pronunciamiento en cuanto a las costas.

Líbrese testimonio en forma de la presente resolución para su unión a los autos principales y llévese su original al libro de sentencias de este Juzgado.

Así por esta sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia, de la que se llevará testimonio a los presentes autos, lo pronuncio, mando y firmo.

Modo de impugnación: mediante recurso de apelación, ante la Audiencia Provincial de Madrid (artículo 455 de la Ley de Enjuiciamiento Civil).

El recurso se preparará por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles desde el día siguiente a la notificación, limitando a citar la resolución apelada, manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículo 457.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil).

Se informa de que, de conformidad con la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica del Poder Judicial, reformada por la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, de la necesidad de constitución de depósito para interponer el mencionado recurso por importe de 50 euros, excepto en los casos que establezca la normativa especial sobre Asistencia Jurídica Gratuita, debiendo ser ingresados en la Cuenta de Consignaciones y Depósitos de este Juzgado, abierta en el banco “Banesto”, número “2103 0000 00-número procedimiento-año procedimiento”, o bien, mediante transferencia a la cuenta CCC número 0030-1846-42-0005001274, indicando en el campo observaciones la cuenta antes indicada, debiendo igualmente reseñar en el concepto del ingreso la clase y fecha de la resolución recurrida.

Igualmente podrá el recurrente facilitar su número de cuenta bancaria a este Juzgado con el fin de devolverle el mencionado depósito directamente a la misma, siempre y cuando sea procedente.

En virtud de lo acordado en los autos de referencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, por el presente se notifica a don Johannes Leonardus Fourie.

En Madrid, a 7 de abril de 2011.—El secretario judicial (firmado).

(03/15.925/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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