Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 109

Fecha del Boletín 
10-05-2011

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110510-159

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 13

EDICTO

159
Demanda 1.618 de 2009

Doña María Isabel Tirado Gutiérrez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 13 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.618 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Ihor Yavorskyy, don Yosyf Leskiv, don Mikhaylo Ivanchyshyn y don Valery Kryshovskyy, contra la empresa “Gestora Familiar Neser, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, sobre ordinario, se ha dictado sentencia de fecha 8 de febrero de 2011, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Sentencia número 31 de 2011

En Madrid, a 8 de febrero de 2011.—Don Ángel Juan Alonso Boggiero, magistrado-juez del Juzgado de lo social número 13 de Madrid, tras haber visto los presentes autos sobre ordinario, entre partes: de una, y como demandantes, don Ihor Yavorskyy, don Yosyf Leskiv y don Mikhaylo Ivanchyshyn, que comparecen asistidos del letrado don Pedro Fernández Sáez, con número de colegiado 75.303, y de otra, como demandados, “Gestora Familiar Neser, Sociedad Limitada”, que no comparece, y Fondo de Garantía Salarial, representado por doña Pilar Carballo Soria, en nombre del Rey ha dictado la siguiente sentencia:

Fallo

Estimando la demanda interpuesta por don Ihor Yavorskyy, don Yosyf Leskiv y don Mikhaylo Ivanchyshyn, frente a “Gestora Familiar Neser, Sociedad Limitada”, debo:

1. Condenar a la empresa “Gestora Familiar Neser, Sociedad Limitada”, a que abone a don Ihor Yavorskyy, don Yosyf Leskiv y don Mikhaylo Ivanchyshyn las cantidades que, respectivamente, se indican, más el 10 por 100 de interés por mora:

A don Ihor Yavorskyy: 2.241,91 euros.

A don Yosyf Leskiv: 2.241,91 euros.

A don Mikhaylo Ivanchyshyn: 2.467,91 euros.

2. Absolver al Fondo de Garantía Salarial, sin perjuicio de sus responsabilidades legales con los límites del artículo 33 del Estatuto de los Trabajadores.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Gestora Familiar Neser, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 7 de abril de 2011.—La secretaria judicial (firmado).

(03/14.412/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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