Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 108

Fecha del Boletín 
09-05-2011

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110509-65

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MADRID

OTROS ANUNCIOS

Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda

Dirección General de Ejecución y Control de la Edificación

65
Notificación Servicio Disciplina Urbanística

Intentada la notificación prevista en los artículos 58.1 y 59 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, de las liquidaciones correspondientes a las sanciones por infracción urbanística impuestas por la autoridad competente en cada uno de los procedimientos cuyo número y situación se relacionan en el siguiente anexo, sin que las mismas hayan podido practicarse por causas no imputables a esta Administración, por el presente anuncio se emplaza a los interesados que se citan para que dentro del plazo de quince días naturales contados desde el siguiente al de la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID comparezcan, en horario de nueve a trece, de lunes a viernes, en este Servicio de Disciplina Urbanística de la Dirección General de Ejecución y Control de la Edificación del Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda, sito en la calle Guatemala, número 13, de Madrid, con el fin de hacerles entrega del abonaré, cuyo número identificador se indica, emitido para el pago de la multa. Transcurrido dicho plazo sin comparecer, se entenderá producida la notificación de la liquidación citada a todos los efectos legales desde el día siguiente al del vencimiento del mismo. Todo ello al amparo de lo previsto en el artículo 112 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, y los artículos 60 y 61 de la citada Ley 30/1992.

El director general de Ejecución y Control de la Edificación ha dictado resolución de expediente sancionador número 711/2010/12472, contra N. S. S., con NIF 39883186-J, con fecha de 2 de marzo de 2011, por la comisión de una infracción urbanística prevista en los artículos 201, 204.3.a) y 229.2 de la Ley 9/2001, del Suelo de la Comunidad de Madrid, por la realización de obras en la calle de Ana de Austria, número 34-H, sin licencia o no ajustadas a la misma, por lo que se impone una multa de 1.179,42 euros.

El director general de Ejecución y Control de la Edificación ha dictado resolución de expediente sancionador número 711/2010/13342, contra L. F. F. M., con NIF 4144264-D, con fecha de 26 de enero de 2011, por la comisión de una infracción urbanística prevista en los artículos 220 y 229.2 de la Ley 9/2001, del Suelo de la Comunidad de Madrid, por la realización de obras en la calle de los Carvajales, número 6, sin licencia o no ajustadas a la misma, por lo que se impone una multa de 3.312,41 euros.

El director general de Ejecución y Control de la Edificación ha dictado resolución de expediente sancionador número 711/2010/25942, contra S. D. T. E., con NIF 5275093-C, con fecha de 14 de marzo de 2011, por la comisión de una infracción urbanística prevista en los artículos 201 y 229.2 de la Ley 9/2001, del Suelo de la Comunidad de Madrid, por la realización de obras en la calle de Luis Larrainza, número 15, sin licencia o no ajustadas a la misma, por lo que se impone una multa de 1.284,08 euros.

El director general de Ejecución y Control de la Edificación ha dictado resolución de expediente sancionador número 711/2010/15927, contra V. H. A., con NIF 51050735-G, con fecha de 19 de enero de 2011, por la comisión de una infracción urbanística prevista en los artículos 204.4 y 229.2 de la Ley 9/2001, del Suelo de la Comunidad de Madrid, por la realización de obras en la calle de la Robla, número 49, sin licencia o no ajustadas a la misma, por lo que se impone una multa de 930 euros.

Madrid, a 15 de abril de 2011.—El jefe del Servicio de Disciplina Urbanística, Jorge Ortueta Antunes.

(01/1.342/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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