Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 108

Fecha del Boletín 
09-05-2011

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110509-142

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 15

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

142
Ejecución 226 de 2010

Doña María Dolores Marín Relanzón, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 15 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 226 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Francisco Javier Herrero García, contra la empresa “Transvacaciones Hotels y Resorts, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado la resolución siguiente.

Se acuerda:

a) El embargo de los bienes inmuebles que se describen:

Urbana.—Una cincuenta y dosava parte indivisa de la finca registral número 32.587 de Tías, que atribuye el derecho al uso exclusivo del apartamento número 108, durante la semana decimoséptima del año natural. Sito en la planta baja de la primera fila de un edificio ubicado en la calle Teide, en Puerto del Carmen, del término municipal de Tías. Con una superficie total construida de 45,64 metros cuadrados. Inscrita en el Registro de la Propiedad de Tías, tomo 1.556, libro 465, folio 108.

Urbana.—Una cincuenta y dosava parte indivisa de la finca registral número 32.590 de Tías, que atribuye el derecho al uso exclusivo del apartamento número 201, durante la semana duodécima del año natural. Es del tipo A, sito en la planta alta de la primera fila de un edificio ubicado en la calle Teide, de Puerto del Carmen. El apartamento tiene una superficie total construida de 46,75 metros cuadrados. Inscrita en el Registro de la Propiedad de Tías, tomo 1.556, libro 465, folio 109.

Urbana.—Una cincuenta y dosava parte indivisa de la finca registral número 32.590 de Tías, que atribuye el derecho al uso exclusivo del apartamento número 201, durante la semana decimotercera del año natural. Es del tipo A, sito en la planta alta de la primera fila de un edificio ubicado en la calle Teide, de Puerto del Carmen. El apartamento tiene una superficie total construida de 46,75 metros cuadrados. Inscrita en el Registro de la Propiedad de Tías, tomo 1.556, libro 465, folio 110.

Urbana.—Una cincuenta y dosava parte indivisa de la finca registral número 32.590 de Tías, que atribuye el derecho al uso exclusivo del apartamento número 201, tipo A, durante la semana vigésimo cuarta del año natural, sito en la planta alta de la primera fila de un edificio ubicado en la calle Teide, de Puerto del Carmen. El apartamento tiene una superficie total construida de 46,75 metros cuadrados. Inscrita en el Registro de la Propiedad de Tías, tomo 1.556, libro 465, folio 111.

Urbana.—Una cincuenta y dosava parte indivisa de la finca registral número 32.590 de Tías, que atribuye el derecho al uso exclusivo del apartamento número 201, tipo A, durante la semana vigésimo quinta del año natural, sito en la planta alta de la primera fila de un edificio ubicado en la calle Teide, de Puerto del Carmen. El apartamento tiene una superficie total construida de 46,75 metros cuadrados. Inscrita en el Registro de la Propiedad de Tías, tomo 1.556, libro 465, folio 112.

Urbana.—Una cincuenta y dosava parte indivisa de la finca registral número 32.587 de Tías, que atribuye a su titular el derecho de uso exclusivo del apartamento número 108, del complejo turístico “Aquarius”, situado en la calle Teide, de Puerto del Carmen, durante la semana cuadragésima primera del año. El apartamento tiene una superficie total construida de 45,64 metros cuadrados. Inscrita en el Registro de la Propiedad de Tías, tomo 1.556, libro 465, folio 134.

Como propiedad de “Transvacaciones Hotels y Resorts, Sociedad Limitada”, para responder de la cantidad de 9.861,71 euros, más 1.972 euros para intereses y costas provisionales calculados para este procedimiento, seguido a instancias de don Francisco Javier Herrero García, contra “Transvacaciones Hotels y Resorts, Sociedad Limitada”,

b) Librar mandamiento por duplicado al Registro de la Propiedad para que practique anotación preventiva de dicho embargo, expida certificación de haberlo hecho, de la titularidad de los bienes y, en su caso, de sus cargas y gravámenes, y comunique a este órgano judicial la existencia de ulteriores asientos que pudieran afectar al embargo anotado, y remitir, asimismo, mandamiento por fax al Registro de la Propiedad a fin de que extienda el correspondiente asiento de presentación.

c) Requerir a la ejecutada para que dentro de los diez días siguientes a la notificación de esta resolución cumpla los requerimientos indicados en el segundo fundamento jurídico del presente auto.

d) Se designa perito para la tasación de los bienes embargados en estas actuaciones a doña Virginia Márquez Ramírez, mayor de edad, y vecina de Madrid, con domicilio en la calle Núñez de Balboa, número 93, segundo derecha, de Madrid, quien en su caso, deberá comparecer en el plazo de una audiencia ante esta Secretaría para aceptar y jurar el cargo, emitiendo informe en el término de ocho días.

Póngase en conocimiento de las partes o terceros que conste tengan derecho sobre los bienes a tasar, el nombramiento efectuado, para que, dentro del segundo día puedan designar otro por su parte, con la prevención de que si no lo hicieran se les tendrá por conforme, practicándose únicamente el avalúo por el perito antes nombrado.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Transvacaciones Hotels y Resorts, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 5 de abril de 2011.—La secretaria judicial (firmado).

(03/14.453/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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